Economía

SAT será el ‘ganón’ de la carta porte, consumidores pagarán los costos

SAT se embolsará 500 mil mdp en impuestos, a través de la fiscalización al traslado y distribución de mercancías, que plantea la entrada en vigor

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) será el gran ganador de la implementación de la carta porte; documento que plantea una fiscalización estricta del traslado y distribución de mercancías en México.

Mientras que los consumidores y sus familias pagarán los costos administrativos y financieros que genere la medida, a través de un posible aumento al precio final de productos y servicios, alertaron especialistas consultados por Publimetro.

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Después de que el SAT otorgó una nueva prórroga, que vence el 30 de julio de 2023, para la expedición obligatoria de la carta porte, el coordinador del Laboratorio de Análisis en Comercio, Economía y Negocios (LACEN) de la UNAM, Ignacio Martínez Cortés, explicó que tal documento permitirá fiscalizar el transporte y traslado de las mercancías en todo el país.

Señaló que dichas medidas dejarán al fisco una bolsa de 500 mil millones de pesos anuales, por el cobro de IVA e ISR; que hoy no ingresan a las arcas, porque los propietarios de mercancías y transportistas no declaran el volumen, características, origen, y destino de las mismas.

Destacó que la fiscalización planteada por la carta porte también permitirá una disminución de 150 mil millones de pesos en productos robados, de contrabando o movilizados de forma ilegal, que hoy circula con libertad en carreteras, ferrocarriles, barcos y aviones.

El especialista de la UNAM puntualizó que, para darse una idea de la contribución fiscal que representa la carta porte, basta decir que los 500 mil millones de pesos que obtendrá el SAT por tal mecanismo, son equivalentes a más del doble del presupuesto asignado a salud, que este año sumará 193 mil 948 millones de pesos.


¿Qué impactos traerá la carta porte?

Roberto Colín Mosqueda, integrante de la Comisión Técnica Fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM) explicó que la implementación obligatoria de la carta porte traerá gastos administrativos importantes para la empresas.

Explicó que, tanto las organizaciones que movilizan sus mercancías, como las contratan el servicio de traslado y las dedicadas al transporte, tendrán que implementar o adaptar sus sistemas fiscales, contratar más más personal y pagar turnos extra, para cumplir con los requisitos “tan detallados que exige el SAT en la carta porte”.

El especialista indicó que todos esos gastos traerán incrementos en los costos de producción de las empresas involucradas u obligadas a expedir dicho documento; lo cual abre la puerta al eventual traslado de esos gastos al consumidor, mediante alzas en el precio de productos y servicios.

Destacó que el monto de tales aumentos dependerá del volumen de mercancía movilizada, sector económico y tamaño de las operaciones de cada empresa; además de que –en algunos casos– el incremento puede ser absorbido por las compañías, para no perder clientes y competitividad en el mercado.


Preguntas clave

El Servicio Servicio de Administración Tributaria (SAT) responde:

¿Qué es la carta porte?

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Es un documento que acredita la legal estancia y tenencia de los bienes o mercancías durante su traslado en territorio nacional, así como identificar el origen y destino de las mismas.

Con la carta porte se puede emitir un Comprobante Fiscal de Ingreso (CFDI), el cual permite identificar los montos de la retención de IVA que se efectúan por concepto de servicios de autotransporte

2. ¿Cuáles son sus beneficios?

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  • Al emitir un CFDI de Ingreso, permite identificar los montos de la retención de IVA que se efectúan por concepto de servicios de autotransporte.
  • Informar respecto a las mercancías, orígenes, puntos medios, destinos, la propietaria o propietario, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores que intervienen en el traslado de mercancías.
  • Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.

¿Quiénes deben emitir el CFDI con complemento Carta Porte?

  • Si te dedicas al traslado de bienes o mercancías, emite un CFDI de tipo Ingreso con complemento carta porte y ampara el cobro por el servicio que estás prestando, así como el traslado en territorio nacional.
  • Por ejemplo, si te contratan para transportar un lote de zapatos desde Guanajuato a la CDMX en un camión de carga, deberás emitir una factura electrónica de Ingreso con complemento carta porte.
  • Si te contratan para transportar mercancía de un lugar a otro, dentro de la misma ciudad (sin transitar por carreteras federales), deberás emitir una factura electrónica de tipo Ingreso con el complemento carta porte.
  • Si eres el propietario de los bienes o mercancías o actúas como intermediario o agente de transporte y necesitas trasladar mercancías, emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte y ampara el traslado por territorio nacional.
  • Por ejemplo, si transportas tu lote de zapatos con tu propio camión de carga de Guanajuato a la CDMX, deberás emitir una factura electrónica de Traslado con complemento carta porte.
  • Si eres el propietario de los bienes o mercancías y necesitas trasladarlas con tus propios medios de un lugar a otro, dentro de la misma ciudad (no utilizas carreteras federales), deberás emitir una factura electrónica de tipo Traslado con el complemento carta porte.
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