BRUSELAS, 1 (EUROPA PRESS)
El dictamen, que no es vinculante para la sentencia que será dictada en un plazo posterior, responde a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Constitucional italiano respecto a una euroorden emitida por Croacia para reclamar la entrega de un residente en Italia acusado de venta y distribución de estupefacientes en territorio croata.
La corte italiana plantea si la entrega debe ejecutarse pese a un informe pericial que acredita que el reclamado padece un trastorno psicótico "necesitado de terapia" y por el que "existe un grave riesgo de suicidio vinculado a su posible encarcelación"; lo que a su juicio podría ir en contra.
En su opinión, el abogado europeo indica que la suspensión ha de ser provisional, pues la euroorden deberá ejecutarse en cuanto dejen de existir los motivos humanitarios que la motivaron.
En este sentido, aclara que ha de evaluarse la eventual ausencia de tratamiento adecuado del trastorno que padece el reclamado pero considera que bastaría, por tanto, comprobar si la persona tendrá asegurada en el Estado emisor de la OEDE la asistencia médica que pueda precisar.
Si tuviera que prolongarse la suspensión, añade, las autoridades judiciales implicadas deberán buscar soluciones particulares y únicamente podría dejarse la entrega sin efecto si se superase un plazo razonable.
Por ello propone al Tribunal de Justicia responder al Tribunal Constitucional italiano que, si la autoridad judicial de ejecución considera que la entrega de una persona reclamada que sufre graves patologías de carácter crónico y potencialmente irreversibles puede exponerla al riesgo de sufrir un grave perjuicio para su salud, debe solicitar a la autoridad judicial de emisión información que permita descartar ese riesgo y, en su caso, suspender, de manera excepcional y con carácter provisional, la entrega de esa persona en tanto se mantenga dicho riesgo grave.