MADRID, 6 (EUROPA PRESS)
Los abogados que representan al rey emérito ante los tribunales británicos por la demanda por acoso presentada por Corinna Larsen han destacado las "inconsistencias" de la ex amiga íntima de Juan Carlos I que han sido puestas de manifiesto por el Tribunal de Apelaciones de Inglaterra y Gales en su fallo de este martes, donde reconoce inmunidad al ex jefe de Estado hasta su abdicación, en 2014.
En un comunicado, el bufete Carter-Ruck resalta que "en el curso de su decisión (con la que tanto la juez King como el juez Popplewell coincidieron), la juez Simler también se refirió a una serie de inconsistencias en la forma en la que la demandante había dirigido sus acusaciones hasta la fecha, exponiendo que su enfoque era 'directamente contradictorio con su declaración en la demanda original y con las declaraciones prestadas en los procedimientos españoles'".
El despacho británico alude concretamente al párrafo 66 de la sentencia redactada por la juez Simler --que firman sus otros dos colegas-- donde se apunta que la segunda acusación realizada por Larsen, después de modificar la demanda inicial, "fue directamente contradecida" por las acusaciones originales y por declaraciones anteriores.
Cabe recordar, que en la versión original de la demanda de Larsen ésta aseguraba que el CNI y su entonces jefe, el general Félix Sanz Roldán, habían participado en el presunto acoso, si bien posteriormente la cambió para matizar que se habría tratado de una actuación personal de Sanz Roldán movido por sus lazos de amistad con Juan Carlos I.
En el párrafo anterior, el 65, la juez Simler manifiesta que, "dado el momento de las modificaciones sugeridas, y su inconsistencia con la demanda existente, no es y no era obvio que la demandante cumpliera los requisitos legales" para poder modificar su acusación original. "Hay una duda real sobre si las enmiendas propuestas eran simplemente una estratagema para responder a los argumentos sobre la inmunidad", afirma.
Además, en el párrafo siguiente, el 66, subraya que la demanda modificada "contrasta con las declaraciones que (Larsen) ha hecho a la prensa española sobre que el general Sanz Roldán estaba actuando en nombre de otros elementos, dentro del Gobierno o dentro de la Casa Real, hostiles al apelante (Juan Carlos I), en un intento por conseguir su abdicación o destruir su relación".
Los abogados del rey emérito también recalcan que la juez Simler fue más allá al señalar que "el caso enmendado de la demandante 'contrasta con las declaraciones que ha hecho ante la prensa española'".
Estas "inconsistencias" en el relato de Larsen se mencionaron igualmente durante la vista del pasado 8 de noviembre. En ella, uno de los argumentos centrales de Carter-Ruck fue, precisamente, que si el CNI intervino --según Larsen--, fue por la figura soberana de Juan Carlos I, esgrimiendo que ningún ciudadano privado, por muy amigo que fuera de Sanz Roldán, podría haber propiciado la puesta en marcha de una "operación encubierta" de los servicios de Inteligencia en el extranjero.
RECUERDAN QUE JUAN CARLOS I LO NIEGA
Asimismo, Carter-Ruck resalta en su comunicado que el Tribunal de Apelaciones ha dado la razón a la apelación formulada por Don Juan Carlos para reconocerle la inmunidad por los hechos que habrían tenido lugar antes de su abdicación, el 18 de junio de 2014.
A este respecto, remarca que el fallo recoge que el ex monarca "niega enfáticamente que estuviera implicado o dirigiera cualquier acoso sobre la demandante y que rechaza sus acusaciones como falsas".
"Al ratificar la apelación de Su Majestad, el Tribunal de Apelaciones establece que, independientemente de dicha negación, en una correcta aplicación de los principios de la inmunidad soberana 'la presunta conducta preabdicación es inmune a la jurisdicción de los tribunales de este país", Reino Unido, indica el bufete.
La Justicia británica ha resuelto este martes que Juan Carlos I no puede ser demandado por los hechos ocurridos antes de su abdicación porque hasta ese momento contaba con la inmunidad propia del cargo de jefe de Estado que ostentaba.
PULSO JUDICIAL
Eso significa que la demanda de Larsen, que relata un presunto acoso que iría desde 2012 a 2020 --primero para convencerla de que retomaran la relación sentimental y después para perjudicarla en sus negocios como venganza--, solo podrá seguir su curso en los hechos que habrían ocurrido entre 2014 y 2020.
El pasado 24 de marzo, el juez el juez Matthew Nicklin, del Tribunal Superior de Justicia británico, determinó que Juan Carlos I no gozaba de inmunidad alguna en Reino Unido debido a su abdicación como rey de España.
Los abogados del rey emérito anunciaron su intención de recurrir y, tras una vista celebrada el 18 de julio, los tribunales británicos les permitieron recurrir pero solo para pelear la inmunidad por los hechos que habrían sucedido aún bajo su reinado, esto es, los comprendidos entre 2012 y 2014.
El Tribunal de Apelaciones de Inglaterra y Gales, que celebró otra vista el 8 de noviembre para que las partes expusieran sus argumentos, finalmente ha fallado a favor de Don Juan Carlos, lo que supone dejar fuera del litigio los hechos que habrían tenido lugar antes de su abdicación y mantener los posteriores.
Así, el asesor legal de la empresaria alemana, Michael Kim, de Kobre & Kim, ha emitido este martes un comunicado donde explica que "el reclamo de Corinna ahora puede avanzar hacia el juicio en el Tribunal Superior de Londres".