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Juicios y amparos, recursos usados por quienes buscan “reelección” en el INE

El Comité Técnico de Evaluación rechazó su candidatura por considerar que buscan la relación como consejeros del INE

La consejera del Instituto Nacional Electoral (INE) Carla Humphrey Jordan y Javier Santiago Castillo, exconsejero de 2014 a 2017, empezaron una batalla legal en contra de la decisión del Comité Técnico de Evaluación (CTE) de la Cámara de los Diputados para rechazar su candidatura para llegar a la presidencia de ese organismo, ya que se consideró que quieren reelegirse.

Carla Humphrey recurrió a un juicio de derechos ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por lo que sería el presidente del tribunal, Reyes Rodríguez Mondragón revisar el caso y presentar un proyecto ante la Sala Superior del TEPJF.

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El pasado 3 de marzo, de forma unánime los integrantes del CTE descartaron a ambos del proceso para la renovación de cuatro consejerías del INE, aunque la postulación de ambos es para sustituir a Lorenzo Córdova.

No pueden ser elegidos por segunda ocasión para ocupar un cargo en el Consejo General INE, en el periodo que comprende del 4 de abril de 2023 a 3 de abril de 2032, ya que esto consistiría en una relección; además, ocuparían el cargo por más de los nueve años que se establecen en la Constitución”, determinó el CTE en el caso de Humphrey Jordan.

Como respuesta a esta determinación, Humphrey Jordan expresó: “Acudiré a las instancias jurisdiccionales a combatir esto, que sí me parece que vulnera mis derechos para poder contender para la presidencia del Consejo General del INE”.


Asimismo, este lunes el exconsejero Santiago Castillo dijo que los integrantes del comité hicieron una interpretación gramatical de la Constitución al considerar que busca una reelección como consejero del INE, pero él quiere llegar a la presidencia de ese organismo y ambos cargos tienen atribuciones distintas y no puede considerarse que es el mismo puesto.

“Existen diversos métodos de interpretación jurídica y dependiendo del que se aplique se pueden obtener conclusiones diferenciadas. En este caso, en la resolución del Tribunal se optó por la interpretación gramatical. Partiendo de que la reelección está prohibida y al equiparar las funciones y atribuciones del consejero presidente con los consejeros electorales llegan a la conclusión de que los consejeros no pueden aspirar a ser consejero presidente. En este caso la interpretación analógica es desafortunada”, manifestó en el amparo que solicitó.

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