El servicio de Administración Tributaria (SAT) está facultado, por las leyes fiscales del país, a cobrar impuestos a los trabajadores por concepto del reparto de utilidades.
La legislación vigente establece que las utilidades son un derecho laboral irrenunciable, que –en la práctica– representa un ingreso para las personas, que es gravado con el Impuesto Sobre la Renta (ISR).
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Aunque dicho gravamen no se cobra de manera directa o rajatabla sobre el pago que reciban los trabajadores, si no que sólo se aplica a una parte del dinero obtenido a través del reparto de utilidades.
¿Qué parte de las utilidades queda exenta del ISR?
El SAT y la Secretaría del Trabajo informaron que el Artículo 93, fracción XIV, de la Ley del ISR dispone que los trabajadores no pagaran impuestos por la cantidad equivalente a 15 días del salario mínimo general, correspondiente al año en que se generaron las utilidades.
Para este año, se aplica el salario mínimo vigente en 2022, fijado en 172.87 pesos diarios; el cual, al ser multiplicado por los 15 días libres del ISR, arroja un monto de dos mil 593.05 pesos exento del cobro de impuestos.
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¿Qué monto de las utilidades sí paga impuestos?
Solo la cantidad excedente a los 15 días de salario mínimo será gravada a través del ISR; de cuerdo con una fórmula fiscal establecida en el Artículo 174 del Reglamento del Impuesto Sobre la Renta.
Para el cálculo final del impuesto, dicha fórmula toma en cuenta el sueldo promedio del trabajador y el promedio mensual del monto de las utilidades que será gravado con el ISR.
Ejemplo del cobro del ISR en las utilidades
Un trabajador que reciba 10 mil pesos por concepto del reparto de utilidades, con salario de 400 pesos diarios, tendrá:
- 2 mil 593.05 pesos exentos del ISR, equivalentes a 15 días de salario mínimo.
- 7 mil 406.95 pesos que pagarán impuestos.
Después de aplicarla fórmula del ISR, prevista para el reparto de utilidades, ese trabajador tendrá una retención o pago de:
- Mil 326.58 pesos que será entregado al SAT, equivalente a una tasa de 17.91%
- Con un beneficio final de 8 mil 673.42 pesos, para su bolsillo, por el reparto de utilidades.