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¿Qué falta para reducir la jornada laboral en México?

Actualmente, el artículo 123 constitucional indica que por cada seis días de trabajo puedes disfrutar “de un día de descanso, cuando menos”

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Reducción de la jornada laboral tendrá que pasar primero por la Constitución y luego en la LFT

La mayoría de las personas que trabajan formalmente en el país lo hacen durante seis días, es decir, 48 horas a la semana y hasta hace poco, la propuesta de reducir las horas de jornada laboral puede ser oficial.

La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó un dictamen para modificar el artículo 123 de la Constitución y establecer así, que las trabajadoras y trabajadores tengan derecho a dos días de descanso obligatorio a la semana.

Cortocircuito en la estación Barranca del Muerto de la Línea 7.
El trabajo como guardia de seguridad es uno de los más demandantes, pues sus turnos suelen ser de 12 por 12 o 24 por 24 (horas). Fotografía: Nicolás Corte

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En octubre del 2022 fue presentado el proyecto y hasta hace unos días, las y los diputados están atendiendo uno de los temas que más han atrapado la atención de la ciudadanía.

“Es quizá la reforma de mayor calado en materia laboral que dejará la LXV Legislatura”, expresó la diputada Susana Prieto Terrazas.

“Se ha demostrado que, a pesar de que México es el país de la Organización para Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) con más horas trabajadas al año por trabajador, eso no necesariamente tiene un impacto en productividad”, dice el diputado Jorge Álvarez Máynez.

En Ponce la primera Escuela de Medicina Dental privada acreditada en Puerto Rico.
En la industria médica también existen modificaciones en la jornada laboral (Suministrada.)

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Para que exista tal modificación debe pasar primero en la Constitución y luego en la Ley Federal del Trabajo, pero antes “necesitamos que pase al salón de plenos y, pues, con todas las iniciativas que tenemos que votar de aquí al jueves, cuando termina este periodo ordinario, es muy probable que no pase”, reconoce la diputada Susana Prieto.

Actualmente, el artículo 123 constitucional del apartado A, fracción IV, indica que “por cada seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día de descanso, cuando menos” y también la Ley Federal del Trabajo (LFT) indica que “la duración de la jornada máxima será de ocho horas diarias para los turnos diurnos y de siete para los turnos nocturnos”.

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