Economía

Se agota plazo para la declaración anual; SAT multará con $47 mil a incumplidos

El 2 de mayo es el último día para presentar tu declaración anual; si no lo haces, puedes pagar más de 50 mil pesos al SAT en multas y recargos

El SAT tiene la facultad de castigar hasta el más mínimo error u omisión que comentan los contribuyentes en su declaración anual.
El SAT tiene la facultad de castigar hasta el más mínimo error u omisión que comentan los contribuyentes en su declaración anual. (Cuartoscuro)

El Servicios de Administración Tributaria (SAT) aplicará multas de más hasta de 47 mil pesos, a las personas físicas que no presenten su declaración anual de impuestos, en tiempo y forma.

Los Artículos 81 y 82 del Código Fiscal de la Federación establecen 12 mutas diferentes, para sancionar a los contribuyentes que entreguen su declaración después del 2 mayo; o bien, que cometan errores u omitan algún requisito.

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Señalan que las personas incumplidas pagaran hasta 22 mil 400 pesos por cada una de las obligaciones fiscales o impuestos no declarados, después de la fecha límite, antes mencionada.

Pero, si el SAT envía un requerimiento o solicitud de pago, porque no se presentó la declaración, y el contribuyente hace caso omiso, la multa se dispara al doble y llaga al castigo máximo de 47 mil 970 pesos.

Lo anterior, sin tomar en cuenta que –además de la multa– la persona debe pagar los impuestos que evadió, la actualización del monto y los recargos generados durante el periodo de incumplimiento.

“El plazo legal para cubrir dicha obligación vence 30 de abril; aunque, por tratarse de un fin de semana largo, este año la fecha límite se recorrió hasta el 2 de mayo”.

—  SAT

SAT también castiga errores

Los artículos citados del Código Fiscal de la Federación también otorgan facultades al SAT para sancionar con 36 mil 740 pesos a los contribuyentes que no presenten su declaración por Internet, estando obligados a ello.

También habrá una sanción económica de cuatro mil 480 pesos por omitir o equivocar el nombre del contribuyente en la declaración anual; y otra cantidad igual si dichos errores se repiten en el domicilio fiscal.

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Además de 18 mil 360 pesos por presentar medios electrónicos que contengan declaraciones incompletas o que violen las normas, requisitos y procedimientos fiscales vigentes.

En contraste, la multa mínima que impone la autoridad, por algún error u omisión, es de 30 pesos por cada dato no asentado en la relación de clientes y proveedores.

Tres preguntas a

Virginia Ríos Hernández, Integrante de la Comisión Técnica de investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM):

1. ¿Cuántos contribuyentes dejan la declaración hasta el último?

– La mayoría de las personas físicas ya la presentó; de 10 contribuyentes, hay dos o tres que están por presentarla. El 70% u 80% de las personas ya cumplieron con la declaración anual.

2. ¿Por qué ese 30% no la ha presentado?

– Muchas personas que han tenido dificultades con la plataforma del SAT; sobre todo, las que tienen ingresos no tan comunes, que tuvieron pagos en una Afore o tuvieron ingresos por derechos de autor o algunos otros ingresos que no son tan comunes y que el sistema no los ubica fácilmente.

3. ¿Hay forma de evitar multas, si presento la declaración después del 2 de mayo?

Todos deben cumplir con el plazo legal, pero si el contribuyente tuvo dificultades, es necesario que lo haga antes de que la autoridad le envíe un requerimiento.

Si la presenta de forma espontánea, no hay multas, aunque la persona solo debe cumplir con los recargos y, en su caso, las actualizaciones correspondientes; pero si no te alcanza para cubrir el saldo solicitado, puedes pagar en seis parcialidades; esa opción está cargada en la plataforma.

Arsenal de multas del SAT

Por incumplimiento en la declaración anual:

  • Mil 810 a 22 mil 400 pesos, por cada una de las obligaciones no declaradas.
  • Mil 810 a 44 mil 790 pesos, por cada obligación solicitada por el SAT en un requerimiento oficial, que sea incumplida o presentada fuera del plazo marcado.
  • 17 mil 190 a 34 mil 350 pesos, por no presentar el aviso a que se refiere el primer párrafo del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.
  • 18 mil 360 a 36 mil 740 pesos, por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos estando obligado a ello,
  • Mil 840 a 5 mil 880 pesos, en los demás documentos.

Multas por errores u omisiones en la declaración anual

  • Mil 340 a 4 mil 480 pesos, por no poner el nombre o domicilio o ponerlos equivocadamente, por cada uno.
  • 30 a 120 pesos, por cada dato no asentado o asentado incorrectamente en la relación de clientes y proveedores contenidas en las formas oficiales.
  • 240 a 440 pesos, por cada dato no asentado o asentado incorrectamente.
  • 900 a 2 mil 230 pesos, por no señalar o equivocarse en la clave que corresponda a su actividad preponderante.
  • 5 mil 500 a 18 mil 360 pesos, por presentar medios electrónicos que contengan declaraciones incompletas, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales.
  • Mil 620 a 4 mil 860 pesos, por no presentar firmadas las declaraciones por el contribuyente o por el representante legal debidamente acreditado.
  • 810 a 2 mil 210 pesos, en los demás casos.

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