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Ley de Amnistía padece una grave opacidad en su aplicación

La ley fue promulgada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, los delitos por los que se puede acceder a la amnistía.

A tres años de la publicación de la Ley de Amnistía en México, su aplicación muestra una enorme opacidad y se ha quedado muy corta para satisfacer las necesidades de justicia de la población, en especial las de los grupos más vulnerables como los indígenas.

Centro Profesional Indígena de Asesoría, Defensa y traducción Asociación Civil (CEPIADET) presentó el informe “Incidencia en Políticas Públicas para mejorar el acceso a la justicia de personas indígenas en los procesos de amnistía”, los expertos advirtieron que la Comisión tarda en promedio un año y cinco meses para otorgar las amnistías, cuando estas han sido aceptadas.

La defensora de derechos humanos Olimpia Martínez informó que de las más de 2 mil 301 solicitudes de amnistía por presos mexicanos, un 58% fueron negadas sin criterios de transparencia.

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El Estado mexicano se queda supercorto, porque no es un reconocimiento integral y no facilita que todas las personas se beneficien de este mecanismo. Entonces, debemos dejar muy claro que la opacidad del trabajo de la Comisión de Amnistía es enorme en todos los sentidos”, expresó la defensora de derechos humanos.

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Esta ley promulgada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, establece los delitos por los que se puede acceder a la amnistía a mujeres presas por realizar un aborto, cuando se cometen delitos contra la salud, robo sin violencia y sedición. Así como por Cualquier delito a personas pertenecientes de pueblos originarios y comunidades indígenas.


Desde 2020, la Comisión de Amnistía encargada de este proceso, ha sesionado 10 veces y resolvió procedentes solo 332 solicitudes de amnistía, de las cuales 267 ya fueron calificadas como legales, 28 están pendientes y 28 fueron calificadas de no legales.

En contraste, han determinado como improcedentes mil 281 solicitudes, dentro de las cuales 843 fueron notoriamente improcedentes y 438 “improcedentes de fondo”.

Olimpia Martínez explicó que un 89.9% de las personas que obtuvieron su libertad por esta figura estaban privadas de su libertad por delitos contra la salud, que tiene que ver con el transporte, internación y posesión de drogas.

Resaltó que aún falta la homologación de la Ley de Amnistía en todas las entidades del país, pues solamente 12 estados cuentan con una ley de amnistía aprobada por sus congresos locales.

Los beneficiados de la amnistía deben cumplir con tres condiciones:

  • La sentencia en firme que tenga el inculpado sea la primera
  • Que no se haya cometido delito de privación de la vida, secuestros o delitos contra la integridad personas
  • Que no se haya utilizado o empleado armas de fuego

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Los delitos por los que se decreta la Amnistía

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  • Aborto, que incluye a la mujer que interrumpió el embarazo, a los médicos, cirujanos, comadronas o parteras, practicantes del procedimiento
  • Delitos contra la salud, por posesión y transporte de narcóticos en los casos que se trata de personas en estado de vulnerabilidad
  • Los cometidos por integrantes de los pueblos indígenas a quienes no se haya garantizado el debido proceso
  • Robo simple sin violencia y no reincidente
  • Presos políticos condenados por sedición, con excepción del terrorismo

La ley precisa que no se concederá el beneficio de esta a quienes hayan cometidos delitos contra la vida o la integridad corporal, ni quienes cometieron delito de secuestro, o cuando se hayan utilizado armas de fuego en la comisión de delito.

De acuerdo con la Ley de Amnistía, la solicitud será resuelta en un plazo máximo de cuatro meses contados a partir de la presentación de la misma.

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