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Dan ultimátum a estacionamientos públicos; serán responsables ante pérdidas y robos

Los estacionamientos públicos ya no podrán hacer cobros excesivos y tendrán que responder por pérdidas y daños en los vehículos, a pesar de que adviertan a la entrada que no se hacen responsables por robos

Los estacionamientos en Monterrey tienen precios en ocasiones demasiado altos.
Estacionamientos ya no podrán hacer cobros excesivos en CDMX.

Los estacionamientos públicos deberán ponerse en regla con las modificaciones a la Ley Orgánica de Alcaldías y a la Ley de Establecimientos Mercantiles de la Ciudad de México que buscan mejorar la operación de los estacionamientos en la capital y que, entrarán en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la CDMX, fecha desde la que administradores y dueños de estacionamientos tendrán 30 días para cumplir con las nuevas modificaciones.

Los cobros excesivos o cláusulas abusivas en este tipo de establecimientos podrían quedar en el pasado con las reformas aprobadas el pasado 11 de mayo en el Congreso local, cuando con 47 votos a favor se reforzó el andamiaje jurídico en materia de estacionamientos públicos.

“Las lagunas y la falta de regulación había propiciado que los establecimientos hayan impuesto su propio mecanismo de operación, imponiéndole a los usuarios reglas y tarifas que incluso resultaban ilegales, como los precios o cláusulas de responsabilidades de seguros”.

—  Víctor Hugo Lobo, diputado local del PRD.

¿Qué dicen las reformas y adiciones?

El dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias y de Alcaldías y Límites Territoriales que fue aprobado y remitido a la jefatura de Gobierno de la CDMX para su publicación y entrada en vigor, contempla la adición del Artículo 32 a la Ley Orgánica de Alcaldías; y la reforma de los artículos 48, 49 y 50 de la Ley Establecimientos Mercantiles.

La adición del Artículo 32 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la CDMX, faculta a las alcaldías para contar con un sistema de registro de estacionamientos en sus demarcaciones territoriales, con datos de los responsables y administradores, tarifa autorizada, póliza de seguro y el número de cajones.

Mientras que las reformas a la Ley Establecimientos Mercantiles delimitan los alcances del aseguramiento –siempre a favor de los usuarios– por daños o robos de los vehículos; señalan que los responsables de los establecimientos respondan por pérdidas de los objetos en resguardo y que el pago del deducible esté a cargo del responsable u operador sin que se afecte a los usuarios.

Las modificaciones a los artículos 49 y 50 delimitan la atribución de las alcaldías en la regulación de estacionamientos y aclaran la responsabilidad de los establecimientos para el registro de cajones arrendados ante sus respectivas alcaldías.

Lo anterior implica el cobro de una tarifa universal en los estacionamientos que todavía tendrán que determinar las 16 alcaldías. Asimismo, deberán recibir a todo tipo de vehículos (autos, motos, bicicletas) y contar con un seguro de responsabilidad civil que garantice el pago de los daños que pudieran sufrir en su persona o vehículo.

Cabe señalar que las multas por este tipo de daños vigentes en la Ley Establecimientos Mercantiles, oscilan entre las 500 Unidades de Media y Actualización (UMAs) vigentes por bicicletas; 2 mil por motocicletas; y 9 mil por vehículos.

Sobre si la Secretaría de Movilidad intervendrá en la regulación de las tarifas que impondrán las alcaldías, su titular Andrés Lajous, indicó que se revisarán las atribuciones actuales en la ley; pero que aseguró no tiene que ver con el establecimiento de tarifas.

“Vamos a revisar exactamente las características de las atribuciones, porque hay todavía ciertas facultades de regulación por parte de la Secretaría de Movilidad, estamos hablando de estacionamientos privados, no es el establecimiento de tarifa”.

—  Andrés Lajous

¿Con qué deberán cumplir los estacionamientos públicos?

  • Nombre y domicilio de responsables del establecimiento para su empadronamiento en alcaldías
  • Regularidad en las tarifas autorizadas por cada una de las alcaldías; que serán únicas sin importar el tamaño del vehículo.
  • Póliza de seguro de responsabilidad civil vigente.
  • Obligación para que se cobren tarifas por fracciones de 15 minutos desde la primera hora.
  • Podrán tener actividades complementarias, siempre y cuando no excedan el 10% de la superficie del establecimiento.
  • Los establecimientos tendrán prohibido hacer cláusulas especiales que contravengan las recientes reformas.

El dato

  • De acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), la CDMX está entre las tres ciudades a nivel nacional que presenta mayor número de quejas por cobros excesivos en estacionamientos públicos.
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