De acuerdo con los resultados de la Encuesta Nacional por el Derecho a Morir con Dignidad (México, 2016), 68.3% de participantes consideran que es necesario contar con un marco normativo sobre las condiciones para garantizar la “muerte médicamente asistida”, y las personas dijeron estar a favor de legalizarla.
Ante esto, la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM), Nashieli Ramírez Hernández, se pronunció por impulsar la certeza jurídica que permita la libertad de decidir cómo se quiere morir.
Al participar en la Mesa 2 del Seminario “Libertad para Morir: Por la legalización de la Eutanasia”, organizado por la CDHCM y la organización Libertad para Morir, A.C., señaló estar de acuerdo en darle cuerpo jurídico al concepto ayuda médica para morir.
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Resaltó que la normativa internacional de los derechos humanos no tiene ningún instrumento que explique qué es el derecho a la muerte, ni siquiera la Constitución Política de la Ciudad de México: que lo establece, pero no lo desarrolla.
La ombudsperson capitalina manifestó que el derecho a la muerte digna comprende tres derechos fundamentales: a la vida digna, el libre desarrollo de la personalidad y la salud.
Con estos tres derechos, indicó, se puede empezar a construir el derecho a la muerte digna. “La muerte es inherente a la vida”, subrayó. Por lo tanto, esta discusión tendría que cruzar la libre manifestación de la voluntad, que es la expresión del consentimiento informado.
A su vez, la presidenta de Libertad para Morir, A.C., y también del Colegio de Bioética A.C., Asunción Álvarez del Río, expuso la necesidad de lograr que la ayuda médica para morir sea una opción en México.
Explicó que lo ideal es que el final de la vida sea lo mejor posible. “Y esto se da por dos elementos: aliviar el sufrimiento y respetar el deseo de la persona. Si se dan estas dos condiciones, dijo, podemos decir que una persona tiene una muerte digna”.
Indicó que mientras no se cuente con la ayuda médica para morir, no se garantizará el derecho a una muerte digna, el cual está establecido en la Carta Magna capitalina y agregó que siete de cada diez personas en México están a favor de la ayuda médica para morir.
Presentará iniciativa ante el Congreso CDMX
En su oportunidad, las y los integrantes de las organizaciones Libertad para Morir, A.C., y el Colegio de Bioética, AC, Beatriz Vanda Catón, Pedro Isabel Morales Aché y Jorge Enrique Linares Salgado, explicaron los aspectos principales de una Iniciativa de Ley sobre la legalización de la ayuda médica para morir que próximamente presentarán ante el Congreso de la Ciudad de México, y que acompañará la CDHCM.
Beatriz Vanda Catón expresó que la lucha de la organización que representan es lograr que la ayuda médica para morir sea un derecho. “La muerte digna también debe ser parte de la vida”, dijo.
Por su parte, Morales Aché consideró que muy pronto, en un plazo de dos o más años, será una realidad normativa el derecho a una muerte digna en la Ciudad de México y después en el país.
Linares Salgado aseguró que la citada Iniciativa de Ley que presentarán al Poder Legislativo de la capital recoge toda la experiencia internacional en esta materia.
El Seminario “Libertad para Morir: Por la legalización de la Eutanasia”, tuvo como objetivo brindar herramientas a la población en general sobre la legalización y regulación de la ayuda médica para morir en la capital del país.
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¿Cuál es la diferencia entre muerte asistida y eutanasia?
La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la eutanasia como aquella “acción del médico que provoca deliberadamente la muerte del paciente”, no es legal en México, pero se cuenta con la Ley de Voluntad Anticipada.
La diferencia entre la eutanasia y muerte asistida es, básicamente, quién administra el fármaco. La eutanasia es legal solamente en siete países del mundo: Bélgica, Luxemburgo, Colombia, Canadá, Nueva Zelanda, Países Bajos y España.
- Muerte asistida: el médico provee al paciente información y medicación necesaria para que el mismo paciente se quite la vida. El paciente debe tomar la medicación por sí mismo.
- Eutanasia: este término proviene del griego eu (significa bien o fácil) y thanatos (muerte). En la eutanasia, es el mismo médico quien administra los medicamentos para que el paciente muera.
- Sedación paliativa: no es eutanasia porque el paciente no ha pedido voluntariamente la muerte. Consiste en la aplicación de fármacos en la dosis requeridas para aliviar el dolor en los días finales de un paciente terminal que no se puede mitigar de otra forma.
¿Qué dice la ley en México?
En México la práctica de la eutanasia y del suicidio medicamento asistido, de acuerdo con lo estipulado en la Ley General de Salud en su artículo 161 Bis 21 está prohibida: “Queda prohibida, la práctica de la eutanasia, entendida como homicidio por piedad así como el suicidios asistidos conforme lo señala el Código Penal Federal, bajo el amparo de esta ley”.
En México se permite la decisión de suspender o rechazar tratamientos que prolonguen la vida y los cuidados paliativos, se llama:
- Ley de Voluntad Anticipada: permite que se rechace tratamientos que ya no quiere el paciente, que solo le prolongan la vida y le causan sufrimiento. Se puede hacer directamente o mediante un documento de Voluntad Anticipada para cuando no pueda decirlo. La personas deja recibir tratamientos que ya no le ayuden.