El aniversario de la Independencia de México significa un día de fiesta, reuniones familiares y descanso para la mayoría de la población del país, pues el 16 de septiembre es de asueto obligatorio, según la Ley Federal del Trabajo (LFT), por lo que no hay actividades para los trabajadores y estudiantes.
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Sin embargo, no todos los empleados tendrán la suerte de descansar debido a los festejos patrios, por lo que se despierta la interrogante de cuál es el salario que deben percibir aquellos que prestan sus servicios en sus diferentes centros laborales.
Ante la duda sobre si el 15 de septiembre es un día laboral en el país, pues es cuando se lleva a cabo el Grito de Independencia en Palacio Nacional y se reúnen las familias para festejar, la legislación en materia laboral no lo contempla como un día de asueto, es decir, trabajadores asisten a sus labores y estudiantes a clases.
¿Cuánto me deben pagar si trabajo el 16 de septiembre?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), los trabajadores que presten sus servicios el 16 de septiembre deberán recibir su sueldo regular más el doble, es decir, el triple de lo que perciben diariamente, según el artículo 75 de la legislación.
“Las y los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derechos a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.
Se quedan con las ganas del puente
Aunque existía la duda sobre si habría puente este año por los festejos patrios, no será así, pues el viernes 15 de septiembre estudiantes y trabajadores tendrán que asistir a sus actividades con normalidad.