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Seduvi emite un ultimátum para retiro de publicidad en muros y azoteas

Anuncios envolventes prohibidos en edificios y en muros ciegos no cuentan con licencia ni están registrados en el Padrón Oficial de anuncios de 2015

Publicidad envolvente
La Ley cataloga como ilegales, como es el caso de los anuncios envolventes y de muros ciegos. (Foto: Especial)

A pesar de la prohibición de colocar publicidad en muros y azoteas, según la Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México, en los últimos días han aparecido al menos 250 de estos anuncios en vialidades primarias, según denunciaron activistas de asociaciones como “Por una Ciudad sin contaminación visual,” “Ciudad de México Limpia,” y “Recuperando el Paisaje Urbano de la contaminación visual.”

Édgar Méndez, presidente de la asociación “Recuperando el Paisaje Urbano de la contaminación visual,” señaló que la saturación de publicidad exterior en lugares ilegales se ha vuelto parte integral del paisaje urbano. Incluso, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) dio un ultimátum para retirarlos.

Seduvi
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Méndez destacó la aparición de anuncios en espacios prohibidos, poniendo en riesgo a peatones y residentes, por lo que pidió a las autoridades actuar rápidamente para restaurar la estética de la ciudad y garantizar, primero, la seguridad y después la viabilidad ambiental.

Algunos lugares donde se ubican los nuevos anuncios ilegales son Viaducto y Avenida Jalisco, Reforma y Praga, Tonalá y Viaducto Presidente Miguel Alemán, Horacio y Alfred de Mussed, Eje Central y Claudio Bernard, Periférico y Horacio, y Calzada de Tlalpan y Eje 5.

Por su parte, Sofía Retana, presidenta de la asociación “Por una Ciudad sin contaminación visual,” hizo hincapié en la prohibición de instalar medios publicitarios en azoteas, autosoportados y muros ciegos, según el Artículo 15 de la Ley de Publicidad Exterior.

La Seduvi, el Instituto de Verificación Administrativa (INVEA), la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT), y la Secretaría de Obras y Servicios (SOBSE) deben trabajar en el retiro de los anuncios ilegales y multar a las empresas infractoras, aseguró.

Fueron colocados avisos para solicitar a propietarios de edificios, marcas y empresas el retiro inmediato de anuncios ilegales envolventes y en muros, haciendo de su conocimiento que la Ley establece sanciones penales a quien coloque o permita medios prohibidos”, indicó la Seduvi.

A partir de la publicación de la Ley de Publicidad Exterior, la Seduvi también trabaja para el retiro y sanción penal de los medios publicitarios que la Ley cataloga como ilegales, como es el caso de los anuncios envolventes y de muros ciegos.

Asimismo, corroboró en campo la existencia de anuncios envolventes prohibidos en edificios y en muros ciegos, que no cuentan con licencia ni están registrados en el Padrón Oficial de anuncios de 2015.

Anuncios en edificios
Anuncios en edificios

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Por ello, la Seduvi inició acciones para hacer del conocimiento directo de propietarios, publicistas, anunciantes y responsables de inmuebles que exhiben este tipo de anuncios las implicaciones legales y administrativas en las que pudieran incurrir.

Los propietarios de estos medios publicitarios ilegales, al no atender los procedimientos establecidos por la nueva Ley, podrían ser denunciados penalmente. También pueden recibir sanciones en materia penal las marcas anunciantes y los propietarios de edificios en los que estos anuncios se instalan”, indicó la dependencia en su página web y en diversas publicaciones en sus redes sociales.

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