Después de que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolviera que es inconstitucional el decreto que prohíbe la comercialización y circulación de vapeadores por sus efectos en la salud, la Secretaría de Salud del gobierno mexicano reprobó el fallo de la Corte.
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Salud calificó como “un precedente inaceptable” la decisión de los ministros con respecto a los dispositivos electrónicos, después de que se aprobara con tres votos a favor y dos en contra un proyecto de sentencia para otorgar un amparo a una empresa.
Los ministros justificaron su resolución al argumentar que el decreto publicado por el gobierno mexicano en Diario Oficial de la Federación (DOF) obstaculizaba el derecho a la libertad de comercio de dicha persona moral.
Al respecto, señalaron a esta instancia de la SCJN por otorgarle un valor superior al derecho a la libertad que al derecho a la salud, en detrimento de las políticas públicas implementadas en el actual gobierno para aminorar las consecuencias de estos objetos en la salud de los mexicanos, sobre todo de los más jóvenes.
“La Segunda Sala de la SCJN no tomó en consideración que la máxima autoridad sanitaria a nivel internacional, la Organización Mundial de la Salud (OMS), ha respaldado la prohibición de su importación, venta y distribución como máxima medida regulatoria”, precisó la Ss en un comunicado.
Los decretos publicados datan de 2021 y 2022, primero sobre la prohibición a la importación y después acerca del freno a su circulación y comercialización.
La institución gubernamental señaló a las empresas por promover los vapeadores y cigarros electrónicos mediante publicidad engañosa, al incentivar un supuesto bajo riesgo por su consumo, pese a que su composición se basa en sustancias altamente tóxicas.