El TEDH emplaza a Polonia a reconocer los derechos de las parejas homosexuales

MADRID, 12 (EUROPA PRESS)

El tribunal de Estrasburgo ha examinado los casos de diez demandantes que previamente habían iniciado una batalla en el sistema judicial polaco al constatar que no podían inscribirse en ningún registro. Polonia únicamente contempla el matrimonio entre un hombre y una mujer e incluso cuenta con un Código de Familia para reforzar el veto constitucional.

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Por seis votos a uno, los jueces del TEDH han concluido que el Estado polaco ha violado la Convención Europea de Derechos Humanos, en particular el artículo que consagra el respeto a la vida privada y familiar, al no existir un "marco legal específico" que proteja a las uniones homosexuales.

En este sentido, ha considerado que, aunque la protección de la familia en su "sentido tradicional" puede ser una razón "legítima" para esgrimir una diferencia de trato entre los diversos tipos de parejas, creen que un reconocimiento de parejas "estables" entre personas del mismo sexo no contraviene el modelo familiar conservador ni los derechos de sus integrantes.

El tribunal cree que el reconocimiento de que se han violado los derechos de los demandantes ya satisface en sí mismo las reivindicaciones de los demandantes, que no han podido justificar ningún tipo de daño económico derivado de la imposibilidad de inscribirse en el registro. Sí que contempla pagos menores en concepto de costas, que oscilan entre los 20 y los 317 euros.

La sentencia ve la luz en un momento político clave en Polonia, marcado por la caída del Gobierno del partido ultraconservador Ley y Justicia (PiS) y la vuelta a poder de Donald Tusk, que ha prometido revertir algunos de los recortes sociales impulsados en los últimos años, si bien persisten las dudas en torno a los acuerdos que pueden alcanzar en este ámbito las formaciones que compartirán la coalición.


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