Economía

¿Qué pasa si no presento mi declaración anual? SAT afila multas de 44 mil pesos

El 30 de abril vence el plazo para cumplir con tu declaración anual; si no lo haces, el SAT te cobrará hasta más de 50 mil pesos en multas, recargos y actualizaciones

Las utilidades o ganancias de las empresas están certificadas por el SAT, a través de la declaración anual de impuestos, que el empleador presentó desde marzo.
El SAT tiene la facultad de castigar hasta el más mínimo error u omisión que comentan los contribuyentes en su declaración anual. (Cuartoscuro)

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que aplicará multas de hasta 44 mil pesos a las personas físicas que no presenten su declaración anual de impuestos.

Adelantó que también se aplicarán castigos económicos por cada error o dato equivocado, omisiones, envío una declaración incompleta o, bien, por atender algún requerimiento fiscal fuera del plazo establecido.

El SAT Señaló que las personas con ingresos superiores a 400 mil pesos al año, los profesionistas independientes, los dueños de pequeños negocios y quienes reciban dinero por la renta de local o inmueble, tienen hasta el 30 de abril para cumplir con su declaración.

Indicó que también deben solventar dicha obligación los contribuyentes que hayan recibido dinero por una herencia, un premio en la lotería, tengan más de dos patrones o reciban ingresos adicionales su salario.

¿Qué pasa si no presento mi declaración anual?

Roberto Colín Mosqueda, integrante de la Comisión Técnica Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM) explicó a Publimetro que los Artículos 81 y 82 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establecen 12 mutas diferentes, para los contribuyentes que no cumplan con su declaración en tiempo y forma.

Alertó que dicha legislación permite al SAT sancionar a los incumplidos con pagos de hasta 22 mil 400 pesos por cada una de las obligaciones fiscales o impuestos no declarados, después de la fecha límite antes mencionada.

Pero, si la autoridad te envía un requerimiento o solicitud de pago, porque no se presentó la declaración, y el contribuyente hace caso omiso, la multa se dispara al doble y llaga al castigo máximo de 44 mil 970 pesos.

Lo anterior, sin tomar en cuenta que –además de la multa– la persona debe pagar los impuestos que evadió, la actualización del monto y los recargos generados durante el periodo de incumplimiento.

“Adermás de las multas, el SAT también reprotra al Buró de Crédito o Círculo de Crédito a las personas o conytibuyentes que no pague o cumplan con sus impuestos”.

—  Roberto Colín Mosqueda, especialista del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM)

SAT también castiga errores

Los Artículos 81 y 82 del CFF otorgan facultades al SAT para sancionar con 36 mil 740 pesos a los contribuyentes que no presenten su declaración por Internet, estando obligados a ello.

Contempla una sanción económica de cuatro mil 480 pesos por omitir o equivocar el nombre del contribuyente en la declaración anual; y otra cantidad igual si dichos errores se repiten en el domicilio fiscal.

Además de 18 mil 360 pesos por presentar medios electrónicos que contengan declaraciones incompletas o que violen las normas, requisitos y procedimientos fiscales vigentes.

Mientras que la multa mínima que impone la autoridad, por algún error u omisión, es de 30 pesos por cada dato no asentado en la relación de clientes y proveedores.

Lista oficial de multas del SAT

Por incumplimiento en la declaración anual:

  • 1,810 a 22 mil 400 pesos, por cada una de las obligaciones no declaradas.
  • 1,810 a 44 mil 790 pesos, por cada obligación solicitada por el SAT en un requerimiento oficial, que sea incumplida o presentada fuera del plazo marcado.
  • 17 mil 190 a 34 mil 350 pesos, por no presentar el aviso a que se refiere el primer párrafo del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación, refrerente a la compensación de saldos a favor.
  • 18 mil 360 a 36 mil 740 pesos, por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos estando obligado a ello.
  • 1,840 a 5 mil 880 pesos, en los demás documentos.

Multas por errores u omisiones en la declaración anual:

  • 1.340 a 4 mil 480 pesos, por no poner el nombre o domicilio o ponerlos equivocadamente, por cada uno.
  • 30 a 120 pesos, por cada dato no asentado o asentado incorrectamente en la relación de clientes y proveedores contenidas en las formas oficiales.
  • 240 a 440 pesos, por cada dato no asentado o asentado incorrectamente.
  • 900 a 2 mil 230 pesos, por no señalar o equivocarse en la clave que corresponda a su actividad preponderante.
  • 5 mil 500 a 18 mil 360 pesos, por presentar medios electrónicos que contengan declaraciones incompletas, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales.
  • 1,620 a 4 mil 860 pesos, por no presentar firmadas las declaraciones por el contribuyente o por el representante legal debidamente acreditado.
  • 810 a 2 mil 210 pesos, en los demás casos (donde se compruebe un incumplimiento).

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