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Conanp niega transparentar denuncia por golpe a tiburón ballena; ‘no existe’ en sus archivos

La Conanp no hizo una búsqueda adecuada de la denuncia tras el hecho en el que una embarcación lastimó a la especie en peligro de extinción, consideró el INAI

Tiburón ballena.
Tiburón ballena. Es una especie en peligro de extinción. (Foto: Profepa)

A pesar de que no acreditó la búsqueda de información en todas sus áreas, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) declaró como inexistentes los archivos de la denuncia que se presentó en 2019 después de que una embarcación golpeó e hirió a un tiburón ballena (Rhincodon typus) en Bahía de la Paz, Baja California Sur.

En abril de dicho año, la embarcación Playmate II navegaba a alta velocidad por la zona de alimentación del tiburón ballena en la Bahía de la Paz y golpeó al ejemplar que es reconocido por ser el pez más grande del mar, llegando a medir más de 12 metros de largo. Al pasarle por encima, el barco le provocó un corte en la aleta dorsal.

Aunque la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) afirmó haber presentado la denuncia correspondiente ante la Fiscalía General de la República (FGR), el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) consideró que la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) también debería tener información sobre lo sucedido.

A través de alegatos, la Conanp indicó a la persona que solicitó dicha información —mediante los mecanismos de transparencia— que amplió la búsqueda turnando la solicitud a la Dirección de Asuntos Jurídicos y a las Direcciones de las áreas protegidas: el Área de Protección de Flora y Fauna Balandra, y el Parque Nacional Zona Marina del Archipiélago de Espíritu Santo. No obstante, reafirmó la inexistencia de la información solicitada.

Ante esta situación, el comisionado presidente del INAI, Adrián Alcalá Méndez, alertó una omisión en el proceso:

“(Conanp) omitió acreditar la búsqueda en un área indispensable, es decir, la Dirección de Área Natural Protegida Bahía de la Paz y por eso subrayé al principio que turnó la solicitud al área de Baja California Norte, es decir, a miles de kilómetros de distancia”

La sanción por dañar a una especie protegida

El Código Penal Federal establece en su artículo 420 que se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa (más de 300 mil pesos mexicanos) a quien dañe de forma ilícita a cualquier especie en peligro de extinción; no obstante, no hay mayor información pública que indiqué qué fue lo que ocurrió después de la denuncia de Profepa.

Cabe destacar que el tiburón ballena se encuentra como especie amenazada en la norma oficial mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, además de que es regulada por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES por sus siglas en inglés) enlistada en su Apéndice II de la cual México forma parte y de la cual la Conanp también tiene injerencia.

INAI ordena a Conanp que busque bien

A partir de lo anterior, el pleno del INAI determinó que la Conanp debe realizar una nueva búsqueda entre sus archivos y, en su caso, entregar el expediente administrativo y la denuncia penal, presentada en 2019 contra la embarcación Playmate II, la cual fue acusada por herir a dicha especie, que está sujeta a protección especial por los tratados internacionales de los que México forma parte.

Asimismo determinó que, si bien la denuncia fue presentada por la Profepa, lo cierto es que, en conjunto con la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, verifican la actividad de aprovechamiento no extractivo, mediante observación y nado con tiburón ballena, por lo que la información puede obrar en los archivos del sujeto obligado.

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