Después de que la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó que se mantiene la contingencia ambiental por ozono en el Valle de México, se dio a conocer cuáles son los vehículos que no podrán circular este jueves 16 de mayo de 2024.
De esta manera, las restricciones de circulación vehicular entrarán en vigor en la Ciudad de México, según lo anunciado por las autoridades correspondientes. A partir de las 5:00 de la mañana, deberán suspender su circulación, los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2; autos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 0, 1, 2, 4, 6 y 8; así como autos con holograma de verificación 00 y 0, engomado verde y terminación de placa 1 y 2.
Vehículos de servicio
Asimismo, se restringirá la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca y cuya terminación de matrícula sea PAR. Los vehículos de carga local o federal dejarán de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, a excepción de aquellos inscritos en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del Estado de México.
Para los taxis con holograma de verificación “00″, “0″, “1″ o “2″, que deban dejar de circular según las disposiciones mencionadas, la restricción aplicará de las 10:00 a las 22:00 horas.
¿Qué autos sí podrán circular?
Sin embargo, los vehículos eléctricos e híbridos, así como aquellos que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento, podrán circular libremente. También se permite la circulación de vehículos con holograma “00″ o “0″ vigente, siempre y cuando cuenten con engomado diferente al color verde y terminación de placa 1 y 2.
Se considera excepcionalmente la circulación de vehículos de uso particular destinados a atender emergencias médicas, así como los taxis que operen entre las 5:00 y las 10:00 horas para apoyar la movilidad de la población.
Además, se eximen de estas restricciones a vehículos de servicios urbanos para emergencias, transporte escolar y de personal, cortejos fúnebres, transporte de residuos y materiales peligrosos con autorización correspondiente, entre otros casos específicos.
Finalmente, es importante señalar que las motocicletas quedan exentas de estas restricciones durante la Fase I.