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¿Cómo se cuentan los votos de los candidatos de coalición?

Conoce la fórmula para el reparto de lo que está en juego este domingo 2 de junio en CDMX

CDMX
Casilla electoral del IECM Se votará este domingo 2 de junio

El próximo 2 de junio se realizará la jornada electoral en la Ciudad de México, en la que los partidos políticos competirán en coalición para poder aumentar el número de votos y así aumentar las posibilidades de ganar la mayoría de cargos a los que aspiran.

Una coalición es la unión de dos o más partidos políticos para postular una misma candidatura a un cargo de elección popular para el proceso electoral correspondiente; para ello, los partidos que formen una coalición deben registrar un convenio ante la autoridad electoral.

El próximo 2 de junio, las personas electoras que voten por una coalición pueden: marcar en la boleta electoral todos los partidos políticos que la integran; o marcar en la boleta electoral uno o más partidos políticos que integran la coalición.

En el caso de la Ciudad de México, las dos coaliciones que competirán serán la coalición Sigamos Haciendo Historia, conformada por Morena, el Partido del Trabajo (PT) y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

Y la coalición opositora “Va por la CDMX”, conformada por el Partido Acción Nacional (PAN), el Partido Revolucionario Institucional (PRI), y el Partido de la Revolución Democrática (PRD), que disputarán la presidencia, jefatura de Gobierno, alcaldías, diputaciones, senadurías y concejalías.

¿Cómo se suman los votos en coalición?

De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE) primero se suman los votos obtenidos por las combinaciones de los partidos políticos que integran la coalición (tres en la Ciudad de México).

Después, se hace la suma de los votos obtenidos individualmente por cada partido político para tener el total de cada candidatura.

¿Cuántos votos le corresponden a cada partido político de coalición?

Según el INE, se hace la distribución de los votos para cada partido político que se encuentra en la coalición. Esta distribución se realiza en cuatro pasos:

1. La suma de los votos obtenidos en coalición y sus combinaciones se divide entre el número de partidos políticos que la integran.

2. Al resultado de esta división, se le suma los votos obtenidos individualmente por cada partido político que integra la coalición.

3. En caso de haber votos sobrantes, con motivo de la división del total de votos obtenidos por la coalición, estos se repartirán entre los partidos políticos que hayan obtenido el mayor número de votos de manera individual.

4. Si existe un empate en el número de votos obtenidos por los partidos políticos en coalición, el voto sobrante se otorgará al partido con mayor antigüedad de registro.

Aunque en caso de que las personas voten únicamente por un partido electoral que conforma la coalición, dichos votos se contarán sólo para ese partido.

Pero hay que tener cuidado, porque en algunas ocasiones se podría anular el voto involuntariamente cuando se marque el logo de un partido político que no esté integrado en una coalición.

Al respecto, la Ley General de Partidos Políticos señala que el derecho de asociación de los partidos políticos en los procesos electorales a cargos de elección popular federal o local estará regulado por ella.

Independientemente del tipo de elección, convenio de coalición y términos precisados en el mismo, cada uno de los partidos políticos aparecerá con su propio emblema en la boleta electoral, según la elección de que se trate.

Los votos se sumarán para el candidato de la coalición y contarán para cada uno de los partidos políticos para todos los efectos establecidos en esta Ley. En ningún caso se podrá transferir o distribuir votación mediante convenio de coalición.

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