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Profeco “jala oreja” a Ticketmaster por negativa de reembolsar boletos de festivales

En caso de que no se acate la medida precautoria, se dará lugar al inicio de un procedimiento por infracciones a la Ley

Ticketmaster modificará cláusula de no reembolso por cancelación de artistas
Si no se cumplen las condiciones ofrecidas, a menos que se deba a una causa de fuerza mayor, como enfermedad o accidente, el consumidor tiene derecho a solicitar el reembolso Foto: Denisse Hernández | Cuartoscuro

La empresa Ticketmaster tendrá que suspender la información en la que se establece que no se puede reembolsar el costo de un boleto, en este caso para festivales, si alguno de los grupos o solistas que se presentarían cancelan su asistencia, así lo determinó la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

Será la Profeco la que emita una medida precautoria contra la proveedora Venta de Boletos por Computadora, S.A. de C.V. (Ticketmaster), a quien se le darán 48 horas para que suspenda dicha información.

Esto se debe a que la cláusula de no reembolso publicada por Ticketmaster en sus términos y condiciones, en relación a la venta de boletos para un festival, podría ser violatoria de los artículos 1, 7, 10 segundo párrafo, 56 y 85 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Cancelaciones solo por fuerza mayor

“Todo proveedor se encuentra obligado a respetar los servicios que se hubieran ofrecido o convenido con el consumidor; es decir, si ofreció que un artista determinado estaría en el evento en cuestión, lo cual pudo motivar la compra de éste evento, la proveedora debe respetar tales condiciones”.

Si no se cumplen las condiciones ofrecidas, a menos que se deba a una causa de fuerza mayor, como enfermedad o accidente, el consumidor tiene derecho a solicitar el reembolso, en donde se incluye el costo del boleto y cargos por servicio, además de una bonificación que no puede ser menor a 20 por ciento.

La compensación puede ser respecto al total de días que dure el festival o solo del día que no decida asistir el consumidor.

En caso de que no se acate la medida precautoria, se dará lugar al inicio de un procedimiento por infracciones a la Ley. Un consumidor afectado tiene hasta un año para presentar su queja ante Profeco.

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