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INAI exige al SAT aclarar rechazo de factura hospitalaria en deducción fiscal

La actuación del SAT fue insuficiente para garantizar el derecho de acceso a los datos personales, de acuerdo con la resolución del INAI

INAI.
INAI. El pleno ordenó al SAT modificar su respuesta. (Foto: INAI y especial)

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) solicitó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) una explicación sobre el rechazo de una factura hospitalaria en la declaración anual de un contribuyente. La resolución incluye la obligación del SAT de enviar la documentación pertinente por correo electrónico, siempre que el solicitante acredite su identidad.

La solicitud original

Un contribuyente solicitó al SAT que le proporcionara, a través de correo electrónico, los documentos que explicaran por qué su factura de servicios hospitalarios no fue considerada en sus deducciones personales ni en el cálculo del saldo a favor de su Declaración Anual 2023.

Respuesta del SAT

El SAT respondió al solicitante indicando que debía presentarse en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente más cercana a su domicilio para acreditar su identidad y así poder recibir la información solicitada.

Intervención del INAI

Inconforme con la respuesta del SAT, el contribuyente pidió la intervención del INAI. Tras revisar el caso, el INAI determinó que el SAT no consideró adecuadamente la modalidad solicitada para la entrega de la información.

“El INAI a través de Comité de Transparencia ha implementado la acreditación de la identidad a través de una videollamada, esto facilita y sobre todo evita que las personas titulares deban de trasladar de un punto hacia a otro, evitar gastos, etcétera, prácticas que bien podrían ser replicadas por los demás sujetos obligados del orden federal”

—  Adrián Alcalá, comisionado presidente del INAI

Resolución del INAI

El comisionado presidente del INAI, Adrián Alcalá Méndez, afirmó que la respuesta del SAT no fue suficiente para garantizar el derecho del solicitante. “La actuación del SAT no fue suficiente para garantizar el derecho de la persona solicitante, pues no se le proporcionaron los elementos suficientes para que pudiera allegarse la respuesta a su solicitud, al limitarse a informar una sola modalidad de entrega de sus datos personales”, declaró Alcalá Méndez.

El Pleno del INAI resolvió por unanimidad que el SAT debe modificar su respuesta y enviar la documentación solicitada por correo electrónico, una vez que el solicitante acredite su identidad en las oficinas correspondientes. Además, el SAT deberá garantizar la entrega de la información en todas las modalidades disponibles para asegurar el derecho de acceso a la información del contribuyente.

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