Economía

¿Cuáles son las funciones del administrador de un condominio?

Organizar, administrar y planificar son las funciones principales del administrador de un condominio

Las funciones del administrador de un condominio van más allá de vigilar el cumplimiento del pago de cuotas, también requiere de habilidades para resolver problemas que surjan entre los condóminos y alrededor de la propiedad.

El sitio especializado Inmuebles24 informó que los administradores de condominios y edificios también cumplen con funciones muy específicas en en materia financiera y ejecutiva y requieren mucha organización.

Karla González Montoya, Marketing Manager B2C de dicha firma, señaló que administrar un lugar requiere de habilidades para planificar, organizar y aplicar los recursos financieros con los que funciona un condominio.

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“Esto significa que hacen más que sólo estar pendiente del pago de cuotas de mantenimiento, pues deben asegurarse del cumplimiento de normas, regulaciones y del reglamento de condóminos que garantizan la calidad de vida de los habitantes”, dijo la especialista.

¿Quién puede ser administrador de condominios?

Inmuebles24 explicó que el administrador es designado por la Asamblea General de Condóminos en los términos de la Ley de Propiedad, correspondiente a la entidad del país donde se ubique el inmueble. “Si hay un consejo de administración, éste es quien elegirá al administrador por el período previsto en el reglamento interno del condominio o edificio”.

¿Qué características debe tener el administrador de un condominio?


  • Tener tiempo suficiente para esta labor, ya que es como un trabajo.
  • Contar con conocimientos de finanzas y administración.
  • Ser miembro activo de su comunidad, con interés en su bienestar.
  • Demostrar capacidad de negociación y resolución de problemas.
  • Ser una persona responsable y con habilidades de liderazgo.

¿Cuáles son las funciones de un administrador de condominios?

Inmuebles24 señaló que las funciones más importantes son:

1. Atender temas financieros y administrativos

Esto se refiere a la contabilidad habitual del inmueble; preparación y presentación de informes financieros ante la Asamblea General; emisión de cartas de no adeudo de cuotas ordinarias, extraordinarias y otras.

Así como el cobro y recaudación de cuotas, multas y otras obligaciones de carácter financiero relacionadas con la operación del inmueble; cobro de alquileres; presentación de estados de cuenta del inmueble y preparación de presupuesto de gastos e ingresos correspondientes al ejercicio anual.


2. Atención a quejas, sugerencias y emergencias

El administrador tiene la responsabilidad de implementar planes de seguridad y evacuación del inmueble, identificar oportunidades de mejora en el condominio, mediar en controversias entre inquilinos, garantizar la seguridad de trabajadores y condóminos, entre otras cosas relacionadas con quejas y emergencias.

3. Supervisión de trabajadores

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Ello se refiere a la contratación y despido de los mismos; planificación de jornadas laborales; supervisión del cumplimiento de tareas, evaluación del desempeño y dar de alta en el Seguro Social a los trabajadores.

4. Mantenimiento y reparaciones

El administrador del condominio debe estar pendiente de que se realicen obras de mantenimiento del inmueble, para garantizar el buen estado de éstas para su conservación y la seguridad de los inquilinos.

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Además de atender las tareas de reparación de averías, mantenimiento de jardines y albercas; vigilancia de servicios comunes y contratación de servicios externos de reparación y mantenimiento.

5. Gestión de inquilinos

Esta actividad atiende todo lo relacionado con convocar Asambleas Generales y Extraordinarias; informar a los condóminos de las actas de asamblea general y del consejo de administración; asegurarse del cumplimiento de reglamentos y normas; y notificación de sanciones a los residentes por incumplimiento de obligaciones.

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Así como dar inicio a procedimientos administrativos contra inquilinos morosos; así como asegurar el cumplimiento de las disposiciones de la Ley de Propiedad en Condominio, el Reglamento Interno y la Escritura Constitutiva.

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