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Adán Augusto eliminará modificaciones a artículos de la Constitución: Estos son los cambios

Se busca limitar la capacidad de los tribunales para interferir en los procesos de reforma constitucional de los derechos humanos, el derecho nacional y los compromisos internacionales

Adán Augusto López comienza a desdibujarse
Adán Augusto López, senador de Morena. FOTO: DANIEL AUGUSTO /CUARTOSCURO.COM

En entrevista con el periodista Ciro Gómez Leyva, el coordinador del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) en el Senado de la República, Adán Augusto López, anunció que el miércoles 23 de octubre se retirarán las modificaciones propuestas al artículo 1 de la Constitución; la decisión se tomó para concentrarse en los artículos 103, 105 y 107 de la Carta Magna, retirando la parte que hacía referencia a la inconvencionalidad de la ley

¿Cuál es la iniciativa que presentó Adán Augusto?

El 22 de octubre, Adán Augusto presentó una iniciativa para modificar varios artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, entre ellos el segundo párrafo del artículo 1, así como adicionar un último párrafo a los artículos 103 y 105, y modificar la fracción segunda del artículo 107.

Esta propuesta tiene como objetivo salvaguardar las facultades del Poder Reformador de la Constitución y, con ello, proteger la voluntad soberana del pueblo de México, según el senador de Morena.

¿En qué consisten las modificaciones?

El senador de Morena señaló que su propuesta busca preservar las facultades del Poder Reformador de la Constitución y permitir el libre ejercicio de las atribuciones de los poderes de la Unión, sin afectar sus responsabilidades ni facultades. Esto, según él, garantizará el desarrollo armónico de las funciones de los tres poderes de la nación, protegiendo las reformas que emanen del Poder Legislativo.

Uno de los cambios más significativos de esta iniciativa es que establece que las reformas y adiciones a la Constitución no podrán ser impugnadas ni inaplicadas mediante el control de convencionalidad, un mecanismo que permite que jueces nacionales verifiquen que las normas internas no contravengan los tratados internacionales de derechos humanos.

Adán Augusto explicó que este enfoque busca fortalecer la supremacía constitucional, permitiendo que las decisiones del Poder Reformador no sean cuestionadas por medio de amparos o juicios de inconstitucionalidad, que hasta ahora han sido una vía para que los ciudadanos puedan impugnar normas que consideran vulneran sus derechos.

¿Que implican estas modificaciones?

La iniciativa también contempla que, una vez que el decreto sea publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), entrará en vigor al día siguiente, derogando todas las disposiciones contrarias a su contenido, incluyendo leyes secundarias, reglamentos y acuerdos administrativos; con ello, cualquier disposición normativa que contravenga las nuevas reglas será eliminada.

Otro aspecto relevante es que los juicios, recursos o consultas que estén en trámite y que cuestionen la validez de una adición o reforma constitucional, ya sea por su forma, procedimiento o fondo, quedarán sin efecto y serán suspendidos. Lo mismo sucederá con los actos de ejecución de esas reformas.

Además, se establece que los órganos del Estado deben aplicar la reforma de manera literal, prohibiéndose cualquier interpretación que busque inaplicar, suspender o modificar sus términos. De esta manera, se blinda la aplicación de las reformas frente a interpretaciones que puedan alterar su sentido original.

¿Cuáles son los artículos modificados?

Las modificaciones a los artículos 1, 103, 105 y 107 de la Constitución tienen como propósito garantizar que las reformas constitucionales no puedan ser impugnadas ni invalidadas por mecanismos jurídicos nacionales o internacionales. En Publimetro México te compartimso qué dicen:

  • Artículo 1: Se interpretarán los derechos humanos conforme a la Constitución y los tratados internacionales, pero no se podrá inaplicar ninguna norma por control de convencionalidad.
  • Artículo 103: Se exceptúan de impugnación las reformas y adiciones a la Constitución, independientemente de su forma, procedimiento o fondo.
  • Artículo 105: Se limita la posibilidad de controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad contra las reformas constitucionales, incluyendo su proceso legislativo y deliberativo.
  • Artículo 107: Las sentencias de amparo no tendrán efectos generales y no podrán proceder contra reformas constitucionales.

Con estos cambios, el gobierno de Morena busca afianzar el carácter supremo de la Constitución y limitar la capacidad de los tribunales para interferir en los procesos de reforma constitucional, una medida que ha generado debate por su impacto en los mecanismos de protección de derechos humanos y la relación entre el derecho nacional y los compromisos internacionales.

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