El Congreso del Estado de México aprobó la despenalización del aborto hasta las 12 semanas de gestación, esto se consiguió con 55 votos a favor, siete en contra y cuatro abstenciones, con lo que se convierte en la 18 entidad de México que aprueba dicha medida.
“Hoy daremos un paso para dejar atrás la discriminación de las mujeres y personas gestantes otorgándoles herramientas para decidir sobre su propio cuerpo, sobre su autonomía y su proyecto de vida personal, sobre la elección de maternar, evitando que sean revictimizadas por instituciones públicas u obligadas a hacerlo en condiciones no viables”, afirmó la diputada Zaira Cedillo, quien presentó la iniciativa.
En la cual se planteó reformar los artículos 248 y 251 del Código penal estatal, así como derogar los artículos 249 y 250 del mismo documento.
Durante la discusión, legisladores de varios partidos manifestaron la postura de su grupo parlamentario, en contra lo hizo el Partido Acción Nacional (PAN), su coordinador, Pablo de Cevallos, expuso que el aborto no debe ser la primera opción que considere una mujer para no continuar con la gestación.
“El aborto no debe ser la primera opción, lo que debemos priorizar son políticas públicas que protejan a las mujeres desde la raíz, brindando educación, servicios médicos de calidad, empleos dignos, redes de apoyo integral y un esquema de seguimiento con suficiente presupuesto”.
La panista Laura Álvarez, lamentó que esa reforma se haya probado la misma fecha cuando se conmemora el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres.
“Es un día irónico, pues este 25N deberíamos estar abordando la importancia de proteger y defender los derechos de las mujeres. La interrupción del embarazo no es una solución a los problemas de la mujer, puede generar más sufrimiento para ellas y sus familias”.
Paola Jiménez, legisladora sin partido, manifestó que este medida se trata de un asunto de justicia social, así como dar respuesta urgente " a una realidad que por décadas ha sido ignorada y se reconoce la autonomía de las mujeres y personas gestantes, garantizando que sus derechos sean respetados sin prejuicios ni discriminación”.
Así se sanciona el aborto en el Estado de México
El artículo 248 del Código Penal establece de tres a ocho años de prisión y de cincuenta a cuatrocientos días multa para quien obligue a una mujer a terminar con el embarazo; de uno a cinco años de prisión y de treinta a doscientos días multa, si la mujer otorga su consentimiento; de tres a ocho años de prisión y de cincuenta a trescientos días multa si se emplea violencia física o moral.
Solo no hay sanción en caso que el aborto sea consecuencia de un accidente, abuso sexual, la vida de la persona gestante esté en riesgo de no interrumpir el embarazo o que se determine el producto sufre alteraciones genéticas o congénitas que puedan dar por resultado el nacimiento de un ser con trastornos físicos o mentales graves.