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CDMX va por 3 años de prisión y 150 días de multa para quienes roben mascotas con fines de lucro

Se ha registrado la presencia de bandas delictivas enfocadas al robo, secuestro y trata de animales de compañía en la Del Valle, Lindavista y Condesa

El diputado de Morena, Alberto Vanegas, presentó una iniciativa que adiciona el artículo 350 Sexties al Código Penal de la Ciudad de México, con el objetivo de sancionar a aquellas personas que, con el objetivo de obtener una recompensa o causar daño, priven de la vida o libertad a un ser sintiente.

Al presentar la iniciativa ante el pleno del Congreso capitalino, el legislador lamentó que la delincuencia ahora también se manifiesta con el robo o secuestro de animales de compañía, para venderlos y/o cruzarlos por sus crías, así como utilizar a determinadas razas para peleas de perros, que son, en sí mismas, una actividad ilegal.

“En nuestra Ciudad, alrededor del 61% de las familias tienen al menos un animal de compañía, reflejando su papel central en la dinámica de los hogares modernos. Para muchas personas, representan no solamente compañía, sino también un apoyo emocional y social, y a veces físico, para llevar a cabo sus actividades día a día”, refirió.

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Apuntó que en la Ciudad de México se ha registrado la presencia de bandas delictivas enfocadas al robo, secuestro y trata de animales de compañía, principalmente en alcaldías como Benito Juárez, Gustavo A. Madero, Miguel Hidalgo, Cuauhtémoc, Coyoacán, Tlalpan e Iztapalapa, siendo las tres colonias con mayores casos la Lindavista, Condesa y la Del Valle.

Por ello, destacó la importancia que en el Código Penal se contemple y sancione aquellos delitos cometidos en contra de los seres sintientes, así como en contra de sus familias en el caso de los animales de compañía.

La propuesta presentada adiciona el artículo 350 Sexties al Código Penal para el Distrito Federal, con el objetivo de sancionar con uno a tres años de prisión y de 60 a 150 días multa a quien, con ánimo de dominio, prive de la vida o la libertad a un ser sintiente con el propósito de obtener rescate, algún beneficio económico, o de causar daño o perjuicio a cualquier persona.


Además, dijo, la pena establecida se incrementará en una tercera parte cuando, la privación de la vida o la libertad referida se realice con violencia, agravando el acto por el uso de fuerza o intimidación o sea cometida contra un animal de asistencia, cuya función lo hace indispensable para la calidad de vida de personas con necesidades específicas.

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