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El amor gana en Chiapas con aprobación del matrimonio igualitario

El Código Civil de ese estado establece que el matrimonio solo puede ser entre hombre y mujer para perpetuar la especie

En Chiapas, en el Congreso estatal, se aprobó el matrimonio igualitario, lo cual se consiguió con 30 votos a favor y cuatro abstenciones por los legisladores de ese estado, con lo cual se reformarán los artículos 144, 145, 169 y 174 del Código Civl

Aquí no estamos para prohibir. Bienvenida la nueva era y con ello bienvenidas estas reformas con las que se atienden las demandas sociales y que hacen más grande la esfera de derechos para las personas. Se está escuchando al pueblo y legislando con humanismo y compromiso para Chiapas”, dijo Luis Ignacio Avendaño, presidente del Congreso de Chiapas.

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La propuesta para alcanzar este derecho fue presentada por la diputada Marcela Castillo Atristain, afirmó que la actual legislatura atiende las demandas sociales.

“La igualdad ante la ley no admite concesiones. Corregimos una moción histórica, se les está dando justicia social, reconociendo los derechos de la comunidad LGBTIQ, una lucha de años para obtener acceso a sus derechos sociales básicos, como la atención médica”.

Castillo Atristain destacó el hecho que fue el trabajo legislativo que consiguió este logro, pues no fue por medio de una orden de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), como ha ocurrido en otros estados tras amparos presentados por diversas instancias.


Elvira Catalina Aguiar recordó que desde 2017 la Suprema Corte, por medio de una acción de inconstitucionalidad, determinó la invalidez de los artículos 144 y 145 del Código Civil de Chiapas, por lo que se hizo legal la unión civil entre personas del mismo sexo sin la necesidad de tramitar un amparo.

“Por eso era necesario reformar el Código Civil, como un paso fundamental hacia la igualdad, la justicia social y el reconocimiento de los derechos humanos, esta modificación a la legislación permitirá que todas las personas puedan disfrutar de los mismos derechos y beneficios que las parejas heterosexuales, como seguridad social, pensión, vivienda, entre otros”.

Modificación a edad mínima para el matrimonio

En el Código Civil, solo se reconoce al matrimonio heterosexual, para la perpetuación de la especie y ayuda mutua entre cónyuges, ahora se establece que será la unión de dos personas a través de un contrato civil para compartir un proyecto de vida mutua con ánimo de permanencia, cooperación y apoyo sin impedimento legal alguno.

Asimismo, se reformó la edad mínima para el matrimonio de 16 a 18 años, además de armonizar los términos de los artículos 169 y 174 para que no se usen los términos “marido” y “mujer”, sino el de cónyuges.

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