Economía

¿Por qué el SAT te puede multar con más de 11 mil pesos?

¡Corre! Hay un trámite que debes cumplir antes del 1 de enero de 2025, para que SAT no te sancione. Aquí te decimos cuál es y cómo puedes evitar la multa

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que los contribuyentes tienen unos cuantos días para evitar una cuantiosa multa, de más de 11 mil pesos, por no cumplir con trámite básico.

Señaló que sancionará a todas personas físicas y morales inscritas al registro Federal de Contribuyentes (RFC) que incumplan con la activación del Buzón Tributario, antes antes del 1 de enero de 2025.

La máxima autoridad fiscal advirtió que implementar dicho buzón no una decisión individual de los contribuyentes, sino un mecanismo de carácter obligatorio, que está inscrito y sustentado en el Código Fiscal de la Federación (CFF).

Publicidad

Sentenció que el Buzón Tributario es una responsabilidad ineludible para: trabajadores independientes o por honorarios, emprendedores, dueños de pequeños negocios y personas que obtienen ingresos a través de la renta de inmuebles, entre otras personas físicas.

Así como para los contribuyentes inscritos al RFC bajo el régimen de personas morales: desde pequeñas y medianas empresas, hasta grandes compañías y corporativos con altos ingresos anuales.

¿Qué es el Buzón Tributario?

El SAT informó que el Buzón Tributario es un canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes, y tiene como objetivo simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura.


También es un canal donde los contribuyentes presentan promociones, avisos o dan cumplimiento a requerimientos de información de la autoridad fiscal e invitaciones a cumplir con el pago de impuestos.

¿Quiénes deben habilitar el Buzón Tributario?

Deben habilitarlo todos los contribuyentes inscritos al RFC, excepto:

  • Personas físicas y morales que se encuentren la categoría o situación fiscal de cancelados, por estar relevados.

La autoridad indicó que tienen la opción de activarlo o no:

  • Personas físicas sin obligaciones fiscales.
  • Sin actividad económica.
  • Asalariados y asimilados a salarios con ingresos anuales menores a 400 mil pesos.
  • Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de suspendidos.

¿Qué multa aplica el SAT si no habilitas el Buzón Tributario?

El Artículo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación (CFF) señala que los contribuyentes que no habiliten el Buzón Tributario y no registren o no actualicen los medios de contacto con el SAT, recibirán una multa de tres mil 850 a 11 mil 540 pesos.

Dichas sanciones serán aplicadas a quienes no activen el Buzón Tributario antes 1 de enero de 2025, fecha en que vence el plazo de la última prórroga que concedió el SAT, el pasado 29 de diciembre de 2023.

Publicidad

¿Qué requisitos debo cumplir para habilitar el Buzón Tributario?

  • e.firma o firma electrónica (personas morales).
  • e.firma, e.firma portable o Contraseña (personas físicas).
  • Contar por lo menos con un correo electrónico y un número de teléfono celular; se pueden registrar hasta cinco correos electrónicos.
  • Si no cuentas con tu firma electrónica, agenda una cita en CitaSAT para obtenerlas

¿Dónde puedo habilitar el Buzón Tributario?

Publicidad
  • Ingresa al sitio sat.gob.mx
  • Da clic en Buzón Tributario, esta pestaña se ubica en la equina superior derecha del portal del SAT.
  • Teclea tu RFC, Contraseña o e.firma
  • Completa el Captcha
  • Ingresa y completa la información que te solicita el SAT para el registro de tu correo electrónico y número de teléfono celular.

¿Qué beneficios tengo al activar el Buzón Tributario?

  • Economiza tiempo y recursos.
  • Da certeza jurídica a los actos y resoluciones emitidos por el SAT, así como en las operaciones que se realicen.
  • Ofrece notificaciones del SAT vía electrónica en cualquier momento y lugar, siempre que se tenga conexión a Internet.
  • Permite conocer, de manera oportuna, cualquier requerimiento de información o resolución derivado de trámites realizados.
  • Ayuda a recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales e invitaciones de programas en materia fiscal.
  • Proporciona información útil para el cumplimiento de las obligaciones y trámites fiscales.
Síguenos en Google News:Google News

Contenido Patrocinado

Lo Último