El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció la cancelación definitiva de la declaración anual de impuestos, para los pequeños contribuyentes del país, que están inscritos al Régimen Simplificado de Confianza (Resico).
“Quienes contribuyan en este régimen quedan relevados de presentar la declaración anual por los ingresos correspondientes y solo deberán realizar pagos mensuales”, señaló la autoridad tributaria.
El SAT informó que también se otorgará dicho beneficio a los contribuyentes inscritos en otros regímenes fiscales, cuyo ingreso anual no supere 3.5 millones de pesos, que decidan cambiarse al Resico.
“Las personas físicas cuyas obligaciones fiscales fueron actualizadas por la autoridad tributaria a un régimen distinto y cuyos ingresos del año inmediato anterior no superaron los 3.5 millones de pesos, tienen la opción de volver a contribuir en el Resico, a partir del 1 de enero de 2025″. Indicó.
Requisitos para no presentar la declaración anual
El Servicio de Administración Tributaria señaló que las personas que ya tributan en le Resico no necesitan presentar ningún trámite, solo deben cumplir con los pagos correspondientes por concepto de ISR.
Mientras que los contribuyentes que se cambien o regresen al Régimen Simplificado de Confianza solo deben presentar un aviso de actualización de actividades económicas a más tardar el 31 de enero de 2025.
La autoridad recordó que las personas físicas dedicadas a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas, que sean socios o accionistas de uniones de crédito, también pueden optar por tributar en el Resico.
Y, con ello, recibir los beneficios fiscales que contempla tal régimen, como la aplicación de todas las deducciones marcadas por la ley vigente y, ahora, la cancelación de la declaración anual.
¿Qué es y cómo opera el Resico?
El SAT destacó que el Régimen Simplificado de Confianza es una simplificación administrativa para que el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) “se realice de forma sencilla, rápida y eficaz”.
Precisó que su objetivo es reducir las tasas de este impuesto, aplicar todas las deducciones previstas por la legislación vigente y hacer “que las personas que tengan menores ingresos paguen menos”.
En el caso de las personas físicas, este régimen está dirigido a quienes tienen ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos y que realizan:
- Actividades en el sector primario: agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas.
- Actividades empresariales.
- Prestación de servicios profesionales.
- Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento).
¿Qué beneficios ofrece el Resico?
El Resico también tiene el objetivo facilitar el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y ofrece los siguientes beneficios:
- Cálculo automático de impuestos.
- Facilidades administrativas.
- Tasas mínimas del ISR, que van de 1% a 2.5 % de los ingresos del contribuyente.