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Congreso CDMX celebra que el sacrificio animal ya sea delito constitucional; prepara acciones

Gracias a la resolución de la SCJN, el Congreso CDMX ya es competente para legislar sobre delitos en contra del maltrato animal y establecer normas

Desde el Congreso de la Ciudad de México, los legisladores del grupo parlamentario del Partido Verde –comandado por Jesús Sesma– celebraron la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por la que se avala que el Congreso local, es competente para legislar sobre delitos en contra del maltrato animal y puede establecer normas para su protección.

De acuerdo con la resolución aprobada este 22 de enero por la SCJN, los artículos 350 Bis y 350 Ter del Código Penal local que prevén y sancionan la conducta de maltrato o crueldad que se cometa en contra de cualquier especie animal dentro de los límites territoriales de la Ciudad de México; ocasionar su muerte utilizando dicho maltrato o crueldad, establecidos en la Ley de Protección a los Animales de la capital; así como la prohibición del uso de animales en ritos y usos tradicionales que puedan afectar el bienestar animal, ya son constitucionales.

Asimismo, la Primera Sala de la Suprema Corte señaló que los conceptos de crueldad, maltrato, sufrimiento y agonía, definidos en la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México, no son subjetivos, ya que constituyen actos de maltrato y crueldad y el objetivo de las normas es proteger la vida y la integridad de los animales.

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Aunado a lo anterior, la Sala indicó que los artículos 13, Apartado B y 23 Apartado 2, inciso e) de la Constitución Política de la Ciudad de México, en los cuales se reconoce a los animales como seres sintientes e impone la obligación jurídica de respetar la vida e integridad de cualquier especie animal a toda persona, no son discriminatorios por razón de religión y no impiden la libertad de culto.

En ese sentido, señalaron que, “con la emisión de las normas, la intención específica de los legisladores no fue prohibir un acto en específico como la inmolación de un animal en la práctica religiosa, sino disuadir el ejercicio de cualquier conducta, perteneciente o no a la manifestación de una religión, en la cual se realice de manera dolosa, actos cuyo fin sea lesionar, dañar o alterar la salud de cualquier especie animal o bien, se dé muerte de manera dolosa a cualquier especie animal a través de actos de crueldad o maltrato”.


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