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¿Cuál sería el castigo para la mujer que acusó falsamente a un conductor de Uber por acoso?

En los últimos días se hizo viral un video en el que una mujer amenazó con reportar al 911 a un conductor de Uber por ‘acoso’; pero al ser falso, ¿cual sería su sanción?

Conductor de uber
Conductor de uber

Durante las últimas horas se hizo viral un video en el que se ve a una mujer amenazando a un conductor de Uber por realizar presunto ‘acoso’ en su contra, luego de que el socio del taxi de aplicación detuviera el viaje por los gritos constantes que realizaba la usuaria, que fue grabada por el piloto del coche.

En el video se ve a la mujer hablar por teléfono –falsamente– denunciando que el conductor de aplicación la ‘estaba acosando’: “estoy sobre Avenida Revolución. El conductor con el que vengo me viene acosando, me viene haciendo preguntas extrañas, que estaba muy bonita y no sé qué tanto, que si no le hacía caso no iba a avanzar”.

No obstante, la situación empeoró cuando la mujer amenazó al conductor de Uber, pues exclamó: “avanzas o te avientas cinco años de cárcel”. Esto –en teoría– lo dijo a través de una denuncia telefónica, lo cual se hace llamando al 911, línea que puede castigar con prisión y multas por alertamientos falsos, como el que hizo la usuaria.

¿Cuánto pagaría de multa la mujer que amenazó falsamente a un conductor de Uber por acoso?

De acuerdo con el Código Penal para el Distrito Federal, la persona que de forma dolosa realice una llamada, aviso o alerta falsa a las líneas de emergencia como el 911 a través de cualquier medio de comunicación, como teléfono fijo, móvil, radio, botón de auxilio, aplicaciones, internet o cualquier otro medio electrónico a números de emergencia, se le castiga.

En este caso –a la mujer que amenazó al conductor de Uber– se le puede imponer:

  • Tres meses a dos años de prisión
  • Multa de diez a cien UMA, es decir, hasta 11 mil 314 pesos de multa

En caso de que la llamada, aviso o alerta falsa a números de emergencias lo realice un adolescente se sancionará de acuerdo a la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. Este delito se perseguirá por querella.

Mientras que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) establece que a quien simule en su contra la existencia de pruebas materiales que hagan presumir su responsabilidad, es decir, la falsedad de declaraciones, se le impondrá prisión de dos a seis años y de cien a trescientos días multa.

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