El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) negó la solicitud de registro de la marca “Ministra del pueblo”, promovida por la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Lenia Batres Guadarrama.
La petición, presentada en noviembre de 2024, fue desechada por el organismo al considerar que el uso de este distintivo puede inducir a error al público y generar confusión respecto a la naturaleza del cargo que ostenta.
De acuerdo con el IMPI, el intento de registro incumple diversas disposiciones legales tanto en materia de propiedad industrial como constitucional. El organismo argumentó que el término “Ministra del pueblo” podría dar la impresión de que el cargo fue obtenido por elección popular, lo cual no corresponde a la forma en que se accede a una posición en el máximo tribunal del país, por lo menos hasta entonces.
“El signo solicitado es susceptible de engañar al público e inducir a error respecto de las características del servicio que se pretende distinguir”, señaló el IMPI en su resolución. Además, agregó que la utilización de este tipo de expresiones puede llevar a pensar, erróneamente, que existe un mandato popular directo detrás del nombramiento de Batres.
Trámite con uso de recursos públicos
El caso ha generado polémica no sólo por el contenido de la solicitud, sino también por el uso de recursos públicos para gestionar el trámite. De acuerdo con documentos oficiales, el pago para el registro fue cubierto con fondos públicos, lo cual ha sido cuestionado por posibles fines electorales, dado que el próximo 2 de junio se llevará a cabo una inédita elección judicial en la que Batres buscará permanecer en el cargo mediante votación popular.
El IMPI detalló que la negativa se fundamenta en varios artículos de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, entre ellos el 12, 173 fracción XV y 178, así como en disposiciones de la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Destacó particularmente el artículo 96 constitucional, que establece que los ministros de la SCJN deberán ser elegidos mediante votación directa, libre y secreta por la ciudadanía, situación que todavía no aplica a todos los cargos judiciales.
Por lo tanto, el uso del apelativo “Ministra del pueblo” se considera impreciso y legalmente inviable como marca registrada.
Aunque Lenia Batres no ha emitido una postura oficial tras la resolución, el tema sigue generando reacciones en el ámbito político y jurídico por el simbolismo y las implicaciones legales del intento de registro.