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¿Censura en puerta? Artículo 109 de la LFTR podría bloquear plataformas digitales

Expertos piden garantías ante posible censura; Sheinbaum afirma que el gobierno no busca bloquear ni censurar plataformas digitales

Artículo 109 LFTR: Gobierno podría bloquear plataformas digitales ¿censura en puerta?
Artículo 109 LFTR: Gobierno podría bloquear plataformas digitales ¿censura en puerta? Especial Publimetro México

Después de que el Gobierno de México enviara al Senado de la República una iniciativa para reformar la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), diversos expertos han advertido sobre el riesgo de una posible censura digital. Según señalan, esta reforma permitiría bloquear redes sociales y plataformas que “incumplan las normas”, lo cual representa una amenaza potencial a la libertad de expresión.

Recientemente, la administración de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo impulsó esta propuesta de reforma, centrada particularmente en el Artículo 109 de la LFTR. Dicha modificación busca establecer mecanismos para regular las plataformas digitales en el país.

Esta tarea quedaría a cargo de la Agencia de Transformación Digital (ATD), la cual sería responsable de emitir los lineamientos que definirán el procedimiento para bloquear plataformas digitales. Pero, ¿en qué consiste exactamente esta reforma? ¿Por qué se percibe como una amenaza a la libertad de expresión?

¿Qué dice el Artículo 109 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión?

En el documento oficial, el Artículo 109, contenido en el Capítulo VIII “De las Plataformas Digitales”, establece lo siguiente:

“Las autoridades competentes podrán solicitar la colaboración de la Agencia para el bloqueo temporal a una Plataforma Digital, en los casos en que sea procedente por incumplimiento a disposiciones u obligaciones previstas en las respectivas normativas que les sean aplicables. La Agencia emitirá los Lineamientos que regulen el procedimiento de bloqueo a una Plataforma Digital”.

¿Qué implica esto y por qué genera preocupación?

Este artículo otorga al gobierno la facultad de bloquear temporalmente plataformas digitales que no cumplan con ciertas normativas. Aunque se argumenta que la medida tiene como objetivo proteger a los usuarios y garantizar el cumplimiento de la ley, también ha despertado preocupaciones sobre posibles abusos y censura.

Por ejemplo, si una red social o servicio de streaming difunde contenido considerado ilegal o contrario a ciertas regulaciones, las autoridades podrían solicitar su bloqueo temporal en el país, como establece la ley.

¿Podrían censurar tus redes sociales o plataformas digitales?

De acuerdo con el Artículo 109, una vez aprobada la reforma, la Agencia será la encargada de emitir los lineamientos que regulen el procedimiento de bloqueo. Sin embargo, hasta el momento no se ha definido con claridad cuáles serán las causas específicas que podrían justificar esta medida. Esta ambigüedad ha generado incertidumbre respecto a qué tipo de contenido o conducta podría ser objeto de sanción.

¿Cómo afecta esta reforma a la libertad de expresión?

Diversos especialistas y organizaciones de la sociedad civil han manifestado en redes sociales su preocupación ante el uso potencial de esta facultad para censurar contenidos críticos o incómodos para el gobierno, lo cual impactaría negativamente la libertad de expresión y el derecho al acceso a la información.

Además, la falta de criterios claros para determinar qué constituye un “incumplimiento”, así como la ausencia de mecanismos de apelación o revisión, podría derivar en decisiones arbitrarias y discrecionales.

Por este motivo, los expertos insisten en la necesidad de implementar salvaguardas, mecanismos de transparencia y garantías institucionales que prevengan abusos y protejan los derechos fundamentales de la ciudadanía frente a la reforma al Artículo 109 de la LFTR.

“¡Mentira!”: Sheinbaum rechaza que reforma digital implique censura

Ante las advertencias sobre una posible censura, el jueves 24 de abril durante. mañanera del pueblo en Palacio Nacional, la propia presidenta Claudia Sheinbaum negó que la intención de la reforma sea restringir contenidos en plataformas digitales.

“¿Cómo dice el detector de mentiras de los miércoles? ¡Mentira! Una buena parte de las atribuciones —y eso le corresponde también a la Secretaría de Economía— se concentra en lo que era el IFT y la Cofece, en un solo organismo que tiene una serie de competencias. Otra parte se mantiene en la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, y otra más va a la Agencia Digital”, reveló la mandataria.

“Entonces, en esencia no hay grandes cambios, solo que se redistribuyen atribuciones que antes tenían distintos organismos. En ningún momento estamos planteando la censura, estamos en contra de la censura“, afirmó Sheinbaum.

“Hay una redacción ahí que se refiere a las plataformas digitales, y en todo caso hay que corregirla. Pero se trata de que si alguna otra entidad sanciona a una plataforma por temas de seguridad, por evasión fiscal o por violar alguna otra ley, la Agencia tiene la atribución para notificarle que debe bajar ese contenido. Pero no tiene que ver con el contenido en sí. Jamás será nuestra intención censurar. Siempre hemos estado en contra de la censura”, finalizó.

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