En entrevista para Publimetro, María Alejandra Suárez Morales, maestra en Derecho Procesal Constitucional, explicó los alcances y fundamentos de la llamada Ley Alina, una iniciativa que busca modificar el Código Penal para reconocer la legítima defensa en contextos de violencia de género, cuya aplicación, de aprobarse a nivel federal, la abogada considera que representaría un avance significativo en la protección de mujeres que han sido agredidas y que responden a dicha violencia.
“La Ley Alina busca que cuando las mujeres reciben alguna agresión física, sexual o estén en peligro, se sientan amenazadas, ellas pueden utilizar la legítima defensa sin que esto les cause una responsabilidad posteriormente de índole penal”, señaló Suárez. El objetivo central de esta iniciativa es permitir que las mujeres puedan alegar legítima defensa sin temor a ser posteriormente procesadas penalmente.
Violencia psicológica, tema en debate
Uno de los puntos que ha generado controversia es que contempla no sólo agresiones físicas, sino también psicológicas o la percepción de peligro inminente. Esto ha generado un debate: ¿existe la manera de medir el grado de afectación psicológica? Suárez aclara que el sistema jurídico ya cuenta con mecanismos para acreditar estas situaciones, como sucede en casos de violación, donde el testimonio de la víctima es fundamental. El delito se comete a puerta cerrada, y se parte de la buena fe de la víctima, y esa misma lógica puede aplicarse aquí.
Sin embargo, reconoce que este tipo de herramientas jurídicas puede prestarse a abusos, por lo que el papel de los operadores de justicia es crucial. Por ello indicó que el dicho de la víctima debe ser tomado como base, pero también hay pruebas periciales psicológicas y médicas que pueden confirmar si la reacción fue proporcional y en legítima defensa.
Ley Alina ¿una licencia para matar hombres?
Ante críticas que sugieren que esta ley podría usarse como una “licencia para matar”, Suárez respondió que lo que se busca es evitar que mujeres sean castigadas por defenderse de una agresión real. “Entiendo que esta cuestión es extrema, pero es necesaria”, apuntó.
La maestra en Derecho Procesal Constitucional recordó que muchas mujeres, tras actuar en defensa propia, son quienes acaban en prisión. Argumentó que la exposición de motivos lo dice claramente, esta ley nace porque el sistema de justicia ha fallado en proteger a las mujeres.
En cuanto a su aplicación, Suárez puntualizó que la ley está pensada exclusivamente para mujeres, a diferencia de otras figuras penales como la legítima defensa tradicional, que también pueden invocar los hombres, y que la diferencia es que esta figura no sólo atenúa el delito, como lo hace la legítima defensa común, sino que excluye completamente la responsabilidad penal si se prueba que la reacción fue por razones de género.
Finalmente, sobre posibles extensiones de esta ley a hombres que hayan sido víctimas de violencia por parte de mujeres, la especialista se mostró abierta al debate. Si un hombre logra demostrar que fue víctima de violencia de género, no descarta que una persona juzgadora pueda hacer un análisis interesante al respecto. “La ventaja del derecho es que todo es interpretación y todo es discutible”.