Nuevo León

Emite Derechos Humanos de NL recomendaciones a Fuerza Civil y a Centros de Reinserción Social

Cuatro están relacionadas con muertes dentro de los penales y una por el asesinato de un niño a manos de la policía estatal

Se registraron cuatro decesos dentro de los centros penitenciarios del estado.
Se registraron cuatro decesos dentro de los centros penitenciarios del estado. Foto: Cortesía CEDH

La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió cinco recomendaciones por violaciones graves a los Derechos Humanos, la primera, una ejecución extrajudicial, sumaria y arbitraria llevada a cabo por un elemento de Fuerza Civil, quien asesinó a un menor de 15 años de edad y el resto relacionado con las muertes de personas privadas de la libertad en Centros de Reinserción Social del estado.

Cuatro son dirigidas al secretario de Seguridad Pública y al Comisario de la Agencia Estatal de Supervisión Penitenciaria por el fallecimiento de cuatro personas al interior del Centro de Reinserción Social y la quinta es a Fuerza Civil, también se dirige al secretario de Seguridad Pública y al Comisario encargado, explicó Susana Méndez Arellano, presidenta de la CEDH.

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“La primera que les voy a comentar es la recomendación 04VG/2024, de violaciones graves, se trata de la ejecución extrajudicial, sumaria y arbitraria, llevada a cabo por un elemento de Fuerza Civil, quien asesinó a un menor de 15 años”, explicó Méndez Arellano.

La recomendación, agregó Méndez Arellano, se encuentra dirigida a la Secretaría de Seguridad del Estado y a la Comisaría General de Fuerza Civil y deriva de los siguientes hechos:

Elementos de Fuerza Civil, sin motivo alguno y sin ningún apercibimiento, dispararon sus armas en contra de dos adolescentes de 15 años, impactando a uno de ellos en la cabeza, arrebatándole la vida en el lugar de los hechos.

Los policías tardaron varios minutos en reportar los hechos y cuando lo hicieron no señalaron que hubieran disparado y tampoco solicitaron una ambulancia para la atención médica del adolescente lesionado por arma de fuego.

Además, intentaron culpar al joven que falleció y al que sobrevivió, de haber realizado disparos de arma de fuego en su contra, presentando al sobreviviente, ante la autoridad, como responsable de los hechos.

También se retiraron del lugar, llevándose la unidad policial y sus armas de cargo, habiendo alterado la escena del crimen.

“Este organismo concluyó que los policías de Fuerza Civil vulneraron los Derechos Humanos a la vida, a la integridad personal, a la libertad y a la seguridad personal, a la salud, a la niñez, al debido proceso y a la integridad de las familias de las víctimas”

Méndez Arellano explicó los puntos recomendatorios.

1.- Disculpa en un acto público.

2.- Compensación económica a favor las víctimas.

3.- Levantar dos memoriales pare recordar al adolescente fallecido.

4.- La atención médica, psicológica, psiquiátrica e incluso tanatológica que requieran las víctimas.

5.- Emitir un comunicado a los policías de Fuerza Civil, en el que se les haga saber la prohibición total y absoluta de llevar a cabo ejecuciones extrajudiciales.

6.- Realizar mesas de análisis sobre el contenido y observancia del Protocolo de Uso de la Fuerza.

7.- Continuar con los procedimientos de responsabilidad administrativa.

El incidente ocurrió en mayo de 2020 en la colonia El cuadro, de Salinas Victoria.

“Son hechos terribles, son situaciones en donde los elementos policiales alteraron la escena del crimen. Ellos señalaron que se había llevado a cabo una persecución, que los niños los habían rebasado por el lado izquierdo, que estuvieron a punto de impactarse contra otra camioneta”.

Sin embargo, aclaró, se había señalado en otra declaración, que esa avenida era de un solo sentido.

“Les quiero aclarar que Fuerza Civil no tiene facultades para realizar detenciones de actos de infracciones de tránsito”.

Méndez Arellano señaló que los niños eran trabajadores de un mercado rodante.

“Intentaron culpar al niño sobreviviente, lo presentaron ante la autoridad como responsable de los hechos y por, supuestamente, haber disparado un arma larga, lo cual nunca se arcreditó”.

Ninguno de los uniformados se encuentran en activo y uno de ellos está en prisión purgando una pena de 15 años.

La presidenta de la CEDH agregó que los restantes casos están relacionados con las muertes de personas privadas de la libertad en Centros de Reinserción Social del Estado.

“Sobre el particular, se emiten las recomendaciones 05VG/2024, 06VG/2024, 07VG/2024 y 08VG/2024, dirigidas a la Secretaría de Seguridad del Estado y a la Comisaría General de la Agencia de Administración Penitenciaria del Estado, al haberse acreditado violaciones graves a los Derechos Humanos de cuatro hombres privados de su libertad”, señaló Méndez Arellano.

Tres en el Centro de Reinserción Social Número 1 Norte y uno en el Centro de Reinserción Social Número 2 Norte.

“Dos de ellas fallecen por suicidio, pero quien alerta a la autoridad de estos actos son las propias personas privadas de la libertad. En los diagnósticos de supervisión penitenciaria que anualmente presenta este organismo público se ha señalado a la autoridad que es necesario reforzar el número de elementos de seguridad y custodia”.

Incluso, dijo, ha ido en incremento. En el 2021 el déficit era de 41.24%, en el 2022, 49.11% y en 2023 58.6.

En el primer caso, en el Centro de Reinserción Social Número 1 Norte, una persona adulta mayor se colgó de la litera en su celda y,el segundo, en el Centro de Reinserción Social Número 2 Norte, un hombre se colgó de una regadera.

La Comisión Estatal de Derechos Humanos dijo que las autoridades penitenciarias no fueron capaces de procurar seguridad a los internos.
La Comisión Estatal de Derechos Humanos dijo que las autoridades penitenciarias no fueron capaces de procurar seguridad a los internos. Foto: Martín Fuentes

“Sin que en ambos casos el personal del centro penitenciario haya adoptado las medidas necesarias para proteger y garantizar su derecho a la vida, pues no realizaron una adecuada detección, ni intervención del riesgo suicida, ya que nunca se les practicó un dictamen psicológico.

“Incluso ni cuando el segundo de ellos ya había intentado en dos ocasiones privarse de la vida, con lo cual se impidió que recibieran una atención integral, que posiblemente hubiera podido modificar, con alto grado de posibilidad, el curso de su decisión de suicidarse”.

Otro caso es el relativo al de un hombre que se encontraba recluido en el Centro de Reinserción Social Número 1 Norte, quién falleció electrocutado cuando maniobraba una lámpara en el interior de su celda, sin que la autoridad acreditara que existiera algún tipo de supervisión periódica o monitoreo de las condiciones del sistema eléctrico o algún programa de mantenimiento, con acciones preventivas, correctivas y de urgencia, a fin de detectar y prevenir situaciones de riesgo para las personas privadas de la libertad en su alojamiento.

“En el último caso, la autoridad judicial había determinado que el personal del Centro de Reinserción Social Número 1 Norte, trasladara a la persona privada de la libertad, de manera inmediata, a otro centro, por referir malos tratos de otras personas en reclusión.

“No obstante, fue hasta dos días después que se realizó tal traslado, tiempo para el cual ya contaba con diversas lesiones sin que se le brindara la atención médica, de modo que, al llegar al otro Centro de Reinserción Social, se ordenó remitirlo, de inmediato, al Hospital Universitario, donde días después perdió la vida”.

En ninguno de estos cuatro casos, aclaró, se contó con el personal de custodia suficiente y capacitado para la seguridad y vigilancia de las personas privadas de la libertad en el centro de reinserción social.

“Esta Comisión considera que la autoridad penitenciaria, como garante de las personas privadas de la libertad, debe respetar y garantizar su vida e integridad personal, así como asegurar las condiciones mínimas que sean compatibles con su dignidad”, destacó la presidenta, “y, el personal que tenga bajo su responsabilidad la dirección, custodia, tratamiento, traslado, disciplina y vigilancia de las personas privadas de la libertad, deberá ajustarse, en todo momento y circunstancia, al respeto de sus Derechos Humanos”.

La CEDH concluyó que en estos cuatro casos el personal de los Centros de Reinserción Social vulneró los Derechos Humanos a la vida, a la integridad personal, a los derechos de las personas privadas de su libertad, a la salud, a la verdad, a la dignidad y, en uno de ellos, los derechos de las personas adultas mayores.

Entre los puntos recomendatorios destacan los siguientes:

1.- Disculpa en un acto público.

2.- Compensación económica para las víctimas indirectas.

3.- La atención psicológica, psiquiátrica e incluso tanatológica que requieran las víctimas indirectas.

4.- Realización de las acciones y las gestiones necesarias para incrementar el número de personal de seguridad y custodia.

5.- Implementación de programas efectivos a fin de atender la salud mental de la población penitenciaria, con el objetivo de detectar problemas emocionales que puedan desencadenar en un suicidio.

6.- Implementación programas de mantenimiento con acciones preventivas, correctivas y de urgencia dentro de las instalaciones del centro penitenciario.

7.- Creación e implementación de un protocolo de actuación y documentación con relación a los hechos en los cuales resulten personas lesionadas o fallecidas.

8.- Cursos de sensibilización, formación y capacitación al personal del servicio público de los Centros de Reinserción Social del estado, así como del Centro de Internamiento y Adaptación de Adolescentes Infractores.

“Lo delicado de estos cinco asuntos, es que este organismo advierte que se trata de violaciones graves a los Derechos Humanos que se han llevado cabo de manera constante y reiterada”, reveló Méndeez Arellano.

Para ilustrar

1.- De 2011 a la fecha, la Comisión ha emitido 43 recomendaciones similares, dadas las omisiones de la Agencia de Administración Penitenciaria para preservar la integridad de las personas privadas de la libertad.

2.- En esas 43 recomendaciones se pudo constatar el fallecimiento de 152 personas, aparte de las cuatro personas que se ha comentado anteriormente; lo que da un total de 156 personas fallecidas y 47 recomendaciones emitidas.

3.- Una situación similar sucede en cuanto a las ejecuciones extrajudiciales, sumarias y arbitrarias, dado que se pudo constatar que aparte de la que se emitió este jueves y, que en el periodo comprendido de 2015 a la fecha, se han emitido cuatro recomendaciones, de las que se advierte el fallecimiento de cuatro personas.

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4.- Entre estos asuntos, se encuentra el paradigmático caso de Los Cristales, en el que dos personas pertenecientes a una comunidad indígena de San Luis Potosí fueron asesinadas por un elemento de Fuerza Civil.

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