Nuevo León

Estado pone candados a motociclistas, publica en POE nuevas regulaciones para uso de estos vehículos

Desde ahora este tipo de vehículos tendrán ciertas restricciones para poder circular y los usuarios deberán seguir algunos lineamientos

Toda motocicleta, mototaxi o similar que transite en las vías públicas del Estado se deberá encontrar en condiciones de funcionamiento mecánicas y técnicas satisfactorias.
Toda motocicleta, mototaxi o similar que transite en las vías públicas del Estado se deberá encontrar en condiciones de funcionamiento mecánicas y técnicas satisfactorias. Foto: Cuartoscuro

A través de una publicación en el Periódico Oficial del Estado, Nuevo León ya reguló el uso de motocicletas en la entidad lo cual implica que este tipo de vehículos tendrán ciertas restricciones para poder circular y los usuarios deberán seguir algunos lineamientos.

Se trata del Decreto 88, con el cual entra en vigor una reforma integral a la Ley de Movilidad.

Esto, después de que el 25 de marzo, el Congreso del Estado aprobó establecer nuevas normas para el uso de motocicletas, mototaxis y vehículos similares que circulen por la entidad para reducir riesgos y mejorar la seguridad vial.

Las nuevas disposiciones

La publicación en el Periódico Oficial destaca en el artículo 112 Bis que: “toda motocicleta, mototaxi o similar que transite en las vías públicas del Estado se deberá encontrar en condiciones de funcionamiento mecánicas y técnicas satisfactorias y estarán provistas de los dispositivos siguientes”:

  • Un faro en la parte delantera con mecanismo para el cambio de luz baja a la de alta intensidad y viceversa.
  • Dos espejos retrovisores laterales.
  • Una lámpara indicadora de frenado de luz roja reflejante, luces direccionales e intermitentes en la parte trasera.
  • Un sistema de escape sin modificaciones que aumenten las emisiones sonoras.

También se prohíben prácticas consideradas riesgosas, como:

  • Transportar carga peligrosa para sí mismos o para terceros.
  • Llevar carga que dificulte la operación.
  • Asistir o sujetarse de otro vehículo en movimiento que transite por la vía pública.
  • Rebasar vehículos circulando por el espacio que dejan los mismos entre carriles.
  • No señalar de forma anticipada que van a efectuar una vuelta.
  • Transitar por banquetas o espacios para peatones.
  • Circular en paralelo en el mismo carril con otra motocicleta.

Nuevo León es uno de los estados a nivel nacional con más motociclistas circulando en las calles.

De acuerdo con datos oficiales, en la entidad se duplicó del 2000 al 2005 el número de motocicletas, a la vez se triplicaron las muertes vinculadas accidentes de usuarios de estos vehículos, de 17 en el 2019 a 53 durante el 2024.

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