El artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, regulan la figura de la “veda electoral” que, en esencia, significa que todos los servidores públicos de la Federación, los Estados y los municipios, así como de la Ciudad de México y sus alcaldías, que tengan bajo su responsabilidad recursos públicos, deben aplicarlos con imparcialidad, respetando la equidad en la contienda electoral, y se les prohíbe difundir propaganda que incluya nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público, así como que durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y hasta la conclusión de la jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental.
Al respecto, se ha dado noticia en los medios de comunicación que diversos funcionarios públicos han difundido propaganda gubernamental y realizado promoción personalizada durante el periodo prohibido, relacionado con el proceso próximo de revocación de mandato, lo cual ha sido corroborado por el propio consejero presidente del INE, al señalar que “algunos actores políticos han hecho patente su deslealtad con la democracia al transgredir las leyes expedidas por el Congreso de la Unión, así como las restricciones a la propaganda gubernamental que impera durante este proceso”, no obstante, también indicó que la respuesta de la ciudadanía demuestra que la vocación democrática será más poderosa y, finalmente, solicitó mantengan su compromiso cívico y se apeguen a las reglas.
Lo he dicho antes y lo reitero, en un estado de derecho como nuestro país, las leyes se deben aplicar a todos sin excepción, de ahí que, si el órgano facultado para vigilar el proceso y sancionar, advierte la violación de la veda electoral, debe actuar en consecuencia.