La semana pasada, en el Senado de la República aprobamos la minuta, remitida por la Cámara de Diputados, con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Minera, mediante la cual, se declara de utilidad pública el mineral “litio”.
Esta reforma, en principio, no nacionaliza el litio, como se opinó mucho en los medios de comunicación escritos y tecnológicos (redes sociales), sino que, esencialmente, lo que hace es que no se otorgarán concesiones, licencias, contratos, permisos o autorizaciones en la materia, a nacionales y extranjeros.
Por lo que la exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento de dicho mineral y de sus cadenas de valor quedaron para su administración y control al Estado mexicano, a través de un organismo público descentralizado, asimismo, dispone que serán consideradas zonas de reserva minera aquéllas en que haya yacimientos de litio.
Además, como consecuencia de dichas modificaciones, también será obligación del estado mexicano proteger y garantizar la salud de las y los mexicanos, así como del medio ambiente y de los derechos de los pueblos originarios, comunidades indígenas y afromexicanas.
Sin duda, existirá prohibición en el otorgamiento de concesiones a empresas privadas para explotar este mineral, lo que significa que, en esta materia, no habría inversión extranjera; debo decir que el litio es la base para producir baterías para teléfonos, de vehículos eléctricos o aviones, así como para la producción de cerámicas y fármacos antidepresivos; sin embargo, el mercado del litio en México es incipiente.
Por ejemplo, no existe una estimación precisa de las reservas totales de litio, tampoco de su ubicación, se sabe que hay varias entidades federativas que cuentan con este mineral (Baja California, San Luis Potosí, Sonora y Zacatecas); en este sentido, enfrentaremos un gran reto en esta materia, además de verificar la constitucionalidad de dichas reformas.