Conforme a lo establecido en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en otros tratados internacionales, de los cuales México es parte, es obligación de los Estados preservar los derechos humanos de todas las personas, sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Por ello, en el artículo primero de nuestra Constitución general, se estipula que “queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.
En consecuencia, el gobierno mexicano tiene la obligación con las personas pertenecientes a la comunidad LGBTIQ+ de protegerlas contra la violencia; prevenir la tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes; derogar las leyes que penalizan las relaciones con personas del mismo sexo y a las transgénero; prohibir la discriminación con motivo de orientación sexual o identidad de género; y salvaguardar las libertades de expresión, asociación y reunión pacífica.
Por ello, en los últimos años y ante la gravedad de las agresiones en contra de las personas pertenecientes a la comunidad LGBTIQ+, los gobiernos han tomado medidas legislativas y políticas públicas para salvaguardar sus derechos y con ello, evitar asesinatos, torturas, detenciones arbitrarias o discriminación en el acceso a la atención sanitaria, la educación, la protección social, el empleo o la vivienda.
México debe reforzar la protección de los derechos humanos, con medidas orientadas a penalizar los discursos de odio; capacitar a agentes policiales, personal de centros penitenciarios, trabajadores sociales y cuidadores; así como aprobar leyes que prohíban la discriminación.