En principio, condeno el allanamiento (violento), por parte de militares y agentes policiales, a la sede de la embajada de nuestro país en Quito, Ecuador, bajo el “supuesto argumento” de que no dará ningún salvoconducto para que el exvicepresidente ecuatoriano Jorge Glas (condenado por casos de corrupción por sentencia firme), pueda abandonar el país, siendo que México dio asilo político a dicho exfuncionario conforme a las normas internacionales vigentes y aplicables.
Además de que, también, se decidió expulsar a la embajadora mexicana a raíz de unas declaraciones del presidente mexicano Andrés Manuel López Obrador (quien manifestó que NO romperá relaciones), sobre las recientes elecciones presidenciales ecuatorianas. ç
Lo que trajo como consecuencia, el cierre de las embajadas y los servicios consulares, dificultades en el proceso migratorio, entre otros.
Es indudable que, de acuerdo con el marco normativo de Derecho Internacional, particularmente con la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, la inviolabilidad de los locales de una misión diplomática es uno de los principios fundamentales de toda actividad diplomática y consular internacional, cuya observancia es ineludible y obedece al respeto indispensable y básico para que las relaciones internacionales puedan existir y subsistir, acatando, sin pretexto alguno, el contenido de las reglas de cooperación internacional.
Finalmente, es importante recalcar que, en materia internacional, los países tienen dos obligaciones fundamentales que se traducen en respetar los principios: 1. De no intervención, que establece la obligación de los Estados de abstenerse a intervenir en los asuntos internos de otro con la intención de afectar su voluntad.
2. De autodeterminación de los pueblos que indica que cada país decide sus propias formas de gobierno, por lo que, en la medida en que se respeten irrestrictamente y se retome el diálogo constructivo y pacífico, las relaciones diplomáticas entre ambos países retomarán su rumbo.