Opinión

Mayor castigo por daño ambiental

Congreso de la Ciudad de México aprobó recientemente la Ley de Responsabilidad Ambiental, la cual, fue publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de Méxic

Por fin un Congreso Local se pone estricto promoviendo leyes con mayores castigos para quienes causen daños al medio ambiente y el hábitat urbano, que es un preciado tesoro que, por desgracia, no todos se suman para su protección, sin darse cuenta que al dañarlo, los directamente perjudicados somos nosotros mismos en nuestra salud. Hablamos, amables lectores de que el Congreso de la Ciudad de México aprobó recientemente la Ley de Responsabilidad Ambiental, la cual, fue publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 18 de julio del año que transcurre. Entre otras cosas, obliga a la reparación de daños ambientales y castiga a los responsables, en caso de ser persona moral, hasta con $65, 142,000.00 (Sesenta y Cinco millones Ciento Cuarenta y Dos Mil 00/100M.N) como multa, así lo determina la fracción II del artículo 19. Veamos más de este nuevo precepto legal.

Fue propuesta por la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT). Estipula que “toda persona física o moral que con su acción u omisión ocasione directa o indirectamente la pérdida, cambio, deterioro, menoscabo, afectación y/o modificación adversos y medibles de los hábitat y recursos naturales, así como de los servicios ambientales que proveen, serán responsables y estarán obligados a la reparación integral de los daños”, con independencia de la Responsabilidad Penal a que haya lugar.

Cabe señalar que la compensación consiste en las acciones que aseguren una mejora ambiental sustitutiva del daño ocasionado; en tanto, la reparación deberá llevarse a cabo en el lugar en el que fue producido. La nueva ley dispone que cuando una persona física es responsable del daño ambiental, se le impondrán multas de 32 mil a 5.4 millones de pesos.

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Es importante señalar, estimados lectores, que con la aprobación de esta ley, también se crean juzgados y salas civiles especializadas, así como la estipulación de indemnización y pago de sanción económica.

Por un lado, indiscutiblemente este precepto legal viene a cubrir un hueco muy importante en materia de protección al medio ambiente, terreno en el que fue notoria la ausencia de medidas radicales para enmendar la paulatina destrucción del hábitat que rodea a las grandes urbes, como la Ciudad de México; por otro lado este nuevo instrumento jurídico pone a la vanguardia a nuestro país, al contar la ciudadanía con un instrumento jurídico para exigir directamente ante los tribunales la reparación de las afectaciones causadas a su entorno y a su salud.

Sin embargo, también debemos añadir que la participación ciudadana en la protección al medio ambiente es fundamental. Con leyes o sin ellas, la cultura de la preservación de nuestros recursos naturales y hábitat debe ser una actitud de todos que se manifieste día a día en nuestras acciones cotidianas. Bien por la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial al impulsar esta norma jurídica.

Hasta la próxima.


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