En Querétaro solo el 2.4% de los casos de violencia digital, registrados por la Asociación Adax Digitales, ha logrado llegar a la reparación del daño, reveló la activista y fundadora Mayra Dávila.
Precisó que de 162 carpetas de investigación, solo en 4 casos se ha llegado a esta fase, debido a que el acceso a la justicia se ve limitado, y que a pesar de contar con la legislación, se mantiene la ausencia de empatía por parte de la fiscalía general del Estado.
Reconoció que como organización no se ha podido ampliar el apoyo a más mujeres víctimas de este tipo de violencia, toda vez que las carpetas no avanzan, por lo que los nuevos casos son remitidos al Instituto Queretano de las Mujeres o se les explica el seguimiento que debe dar la autoridad, enfatizando el derecho de contar con un abogado de oficio.
“El acceso a la justicia sigue siendo muy limitado (...) Insistimos que no falta más que empatía, la fiscalía es el brazo punitivo del estado, tiene miles de opciones bajo su resguardo para poder localizar imputados, realizar investigaciones exhaustivas, pero el tema es que no quieren”, lamentó.
En los casos en los que se ha logrado la reparación, dijo que se ha tenido que recurrir a peritajes particulares, “para que se cuantifique de manera idónea dicha reparación”, puesto que se calcula con un informe de estado emocional que realiza la Comisión de Atención a Víctimas, que muchas veces se traduce en 5 a 10 terapias, por lo que se les dan fondos menores a los 10 mil pesos.
A pesar de que Querétaro, en el año 2019, se convirtió en el octavo estado a nivel nacional en donde entró en vigor la Ley Olimpia, resaltó que aún tienen carpetas de investigación de más de tres años y que siguen a la espera de que sean notificados los imputados y se continúe con una audiencia inicial.
Así mismo, resaltó que se siguen observando casos en los que las mujeres no denuncian o en los que se incentiva a no hacerlo, debido a la cantidad de tiempo que llevan este tipo de procesos.
El Código Penal del estado, actualmente, considera penas de 3 a 6 años de prisión, una multa de mil a 2 mil veces el valor de la UMA, y desde mil hasta dos mil veces el valor diario de la UMA por concepto de reparación del daño, para quien obtenga imágenes o videos o que sin la autorización divulgue o amenace con difundir video o imágenes eróticas sexuales de una persona, y que de compartirse a un tercero o públicamente, las penas se aumentarán hasta la mitad.