Querétaro

Querétaro va por la legalización del aborto

La iniciativa despenaliza la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas

aborto
Iniciativa. Fue encabezado por el colectivo Adax Digitales y el legislador Arturo Maximiliano. /Cortesía

Por tercera ocasión, en el Congreso local se ingresó una iniciativa para discutir el aborto en Querétaro, sin embargo, en esta ocasión, la asociación Adax Digitales y el diputado Arturo Maximiliano García Pérez, ingresaron una iniciativa de reforma al Código Penal y la ley estatal de Salud, para legalizar el aborto legal y seguro.

Esta iniciativa se presenta a unas horas de haber un llamado de la secretaria de Mujeres, Citlalli Hernández para avanzar con este tema, y evitar sucesos como el de la menor de 14 años que enfrentó un proceso penal.

En este marco, Mayra Dávila Alvarado, abogada y fundadora de Adax Digitales, recordó los intentos y acciones emprendidas para obligar al Congreso del estado a discutir la despenalización del aborto, y aunque en abril se ganó un amparo, el legislativo local promovió un recurso de revisión, que en suma con la “inoperatividad” del Poder Judicial postergó alguna resolución.

Subrayó que, este paso es fundamental para el estado, puesto que se trata de un tema de Derechos Humanos, y una luca por las mujeres que fueron vejadas en su dignidad, intimidadas por las autoridades o privadas de la libertad, por amigas, enfermeras, médicos y parteras perseguidas, ya que busca evitar abortos clandestinos y no haya una mujer obligada a gestar en contra de su voluntad, por lo que convocó a que las y los legisladores locales entiendan que los derechos no se consultan, sino que se garantizan.

“Quiero decirlo fuerte y claro, el llamado es a aprobar sí o sí estas reformas, porque los derechos humanos de las mujeres no se consultan, no se cabildean, se garantizan y por eso están ahí ocupando una curul. Este es un tema urgente en el que, les guste o no, teníamos y tenemos que actuar. Esto propone una atención integral sobre educación sexual, acceso a métodos anticonceptivos y aborto legal”.

El texto define el aborto como la interrupción del embarazo antes de la décima segunda semana de gestación. A partir de esta etapa, la ley impone penas de 1 a 3 años de prisión a la mujer o persona gestante que realice el aborto voluntario o consienta que otra persona lo realice. En el caso de aborto forzado, la pena será de 5 a 8 años de prisión. Si se emplean violencia física, moral, psicológica o de carácter económico, la pena se elevará de 8 a 10 años, y si el acto es realizado por un médico o personal auxiliar, se le suspenderá del ejercicio profesional durante el tiempo que dure la pena.

Además de la penalidad, se señala que hay causales de exclusión de responsabilidad penal tales como:

  • Cuando el embarazo sea resultado de una violación.
  • Cuando exista un riesgo grave a la salud de la mujer embarazada, conforme al dictamen de al menos un médico.
  • Si, de acuerdo con dos médicos especialistas, se determina que el producto presenta alteraciones genéticas o congénitas que podrían comprometer su sobrevivencia.
  • Cuando el aborto sea consecuencia de un accidente o conducta culposa de la mujer embarazada.

En estos casos, los médicos deben proporcionar información veraz, suficiente y oportuna sobre riesgos, procedimientos y alternativas existentes para garantizar que la decisión sea libre e informada.

En cuanto a las reformas en materia de salud, se reconoce la interrupción legal del embarazo como un procedimiento médico que puede realizarse a solicitud de la mujer o persona gestante, siempre y cuando no se superen las 12 semanas de gestación y se cumpla alguna de las causales excluyentes. Una vez presentada la solicitud, se contarán cinco días naturales para llevar a cabo el procedimiento; además de se obliga a las instituciones a garantizar consejería médica, psicológica y social con información clara y oportuna.

Dicho documento también contempla el derecho de los médicos a ejercer la objeción de conciencia, y en aquellos profesionales de la salud que, por creencias religiosas o personales, no deseen participar en la interrupción del embarazo, podrán hacerlo siempre y cuando lo notifiquen por escrito, por lo que se tendrá que delegar otro médico. Y solo en casos urgentes en los que la salud o vida de la mujer esté en riesgo, la objeción de conciencia no podrá ser invocada.

En Querétaro, se tiene registro de intentos por despenalizar el aborto, en 2019 y 2022, pero las iniciativas no lograron avanzar, y pese a que en 2021 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que en septiembre de 2021 declaró inconstitucional la penalización del aborto no hubo cambios. Sin embargo, desde 2009 y 2010 se legisló sobre la protección de la vida desde la concepción.

En México son 17 las entidades que han adecuado sus legislaciones para despenalizar, como Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo, Veracruz, Colima, Baja California, Sinaloa, Guerrero, Baja California Sur, Quintana Roo, Sonora, Coahuila, Aguascalientes, Morelos, Puebla, Estado de México y Tabasco.

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