Querétaro

Ley Kuri busca tipificar delito de “grooming”

Contemplan la tipificación del delito de simulación en redes sociales, también conocido como “grooming” para quienes hagan perfiles falsos.

Las iniciativas en materia de protección cibernética para menores que propuso el gobernador de Querétaro, Mauricio Kuri, contemplan la tipificación del delito de simulación en redes sociales, también conocido como “grooming” para quienes hagan perfiles falsos con la intención de atraer a menores de edad.

El mandatario estatal explicó que, dentro de su paquete de reformas, solicita penas de hasta 6 años de prisión a personas que contacten mediante engaños y se aprovechen de la confianza de menores de edad en redes sociales con fines lascivos.

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Kuri González indicó que en 2024, la Policía Cibernética del estado detectó 15 casos de “grooming” en Querétaro. Por ello, subrayó la importancia de endurecer penas para los delitos cibernéticos que afectan a los menores.


Informó además que este miércoles sostendrá una primera reunión con legisladores en el Congreso de la Unión, donde buscará cabildear sus iniciativas, las cuales también contemplan prohibir el uso de celulares en escuelas de educación básica, restringir el uso de redes sociales para menores de 14 años, establecer autorización parental obligatoria en redes sociales para menores entre 15 y 17 años, y crear “zonas jóvenes” de deporte y recreación.

La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana describe el “grooming” como un delito cibernético en el que adultos se hacen pasar por menores de edad para contactar a niñas, niños y adolescentes a través de internet, con el propósito de ganar su confianza y luego acosarlos o controlarlos emocionalmente y chantajearlos con fines sexuales.


Desde 2018, el delito de “grooming” se encuentra tipificado en el artículo 199 del Código Penal Federal, el cual establece penas de 4 a 8 años de prisión para quienes contacten mediante medios electrónicos a una persona menor de 18 años y le requiera imágenes, audio o video de actividades sexuales explícitas, actos de connotación sexual, o le solicite un encuentro sexual.

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A nivel estatal, está tipificado el delito de acoso sexual, el cual se castiga con hasta 6 años de prisión para quienes lo cometan en contra de un menor de edad.

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