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¿Qué es la violencia vicaria? Ley Camila y Sabina buscan proteger a las madres mexicanas

Se busca incluir las leyes Camila, Sabina y de Violencia Vicaria en las reformas para tomar en cuenta por las mujeres que han sido separadas de sus hijos

Con el objetivo de garantizar el derecho de la infancia al amor filial de las madres, a la lactancia y al vínculo materno, así como frenar la sustracción ilegal de los menores por parte de sus padres, el senador José Narro, activistas y organizaciones de mujeres presentarán un paquete de iniciativas que se buscan aprobar en el periodo ordinario que inicia el 1 de septiembre.

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Pero, ¿en qué consisten estas leyes y qué significan los conceptos que se usan al hablar de estos temas? Aquí te los compartimos:

Ley Camila

Es una reforma para fortalecer el vínculo materno filial, ya que es un derecho fundamental en la infancia inicial. Tomando en cuenta que se reconoce ante la ley la igualdad de derecho a la maternidad y paternidad sustantiva entre mujeres y hombres, esta propuesta subraya el derecho que prevalece y se antepone al derecho a una infancia segura, en un entorno estable y saludable.

Ley Sabina


Con esta iniciativa ciudadana se busca la creación de un Registro Nacional de Deudores Alimentarios para tener un control de los padres que se han negado a pagar la pensión alimenticia de sus hijos, incumpliendo con la ley, pero también con la paternidad que les corresponde naturalmente.

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La violencia vicaria

El propósito es incluir la violencia vicaria en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la cual fue reconocida por primera vez en España y es hasta ahora un concepto nuevo en México –reconocido por primera vez en el país en agosto de 2021–. Hasta el momento, la violencia vicaria ya está tipificada en los estados de Zacatecas, Hidalgo y Estado de México; estados como Guerrero, buscan aprobarla para unirse a la reforma.

Conceptos importantes

La violencia vicaria: es un concepto que la psicóloga clínica especialista en victimología, Sonia Vaccaro, acuñó en 2012 para hacer referencia a los casos en que los padres dañan a sus hijos para causar dolor a sus ex parejas.


Lactancia: se le llama al período de la vida de las crías de mamíferos en el que se alimentan de leche, en especial proveniente del cuerpo materno, aunque puede ser otro tipo de leche dependiendo de las necesidades del bebé y las circunstancias biológicas de la madre. Se define como la ‘etapa lactante’ desde el nacimiento a los 2 años de vida del bebé, siendo el tiempo en el que el recién nacido vive grandes y rápidos cambios físicos en su desarrollo humano.

Vínculo materno: es conocido también como vínculo materno-fetal, hace referencia al acercamiento en el aspecto emocional y cognitivo, que se expresa a través de la creación de un lazo afectivo intenso que se desarrolla entre los padres y su bebé.

Sustracción ilegal: se refiere a la retención u ocultamiento ilícito, a la separación unilateral e injustificada de una niña, niño o adolescente de la persona que tenga la guardia y custodia legal del menor de edad, ocultándolo o trasladándolo lejos de su lugar de residencia habitual.

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Maternidad: corresponde en medicina a la función reproductiva de la mujer que comprende la gestación y el embarazo. La Ley General de Salud la considera en tres etapas (embarazo, parto y puerperio). Sin embargo, la maternidad también es considerada como un fenómeno sociocultural, trasciende a aspectos biológicos de la gestación y del parto, pues también se compone de aspectos psicológicos, sociales, culturales y afectivos que no terminan tras el embarazo. La maternidad es un estado o circunstancia de la mujer que ha sido madre.

Ejercer la maternidad: es posible siendo una madre heterosexual, de la comunidad LGBT+, soltera, casada, viviendo en unión libre o sin tener ningún vínculo consanguíneo o legal.

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Paternidad: hace referencia a la cualidad de padre o progenitor masculino, que en antropología cultural corresponde a una institución sociocultural de filiación. El concepto de paternidad se ha ido transformando con el tiempo en las distintas civilizaciones y períodos históricos, teniendo tres tipos de filiación principales: la matrimonial, la natural, la legitimada (cuando se reconoce a un hijo) y la que se produce por adopción.

Ejercer la paternidad: es posible siendo hombre heterosexual, de la comunidad LGBT+, soltero, casado, viviendo en unión libre o sin tener ningún vínculo consanguíneo o legal.

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