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Esto es lo que debes saber si trabajas el 16 de septiembre, Día de la Independencia

Los trabajadores deben cobrar su sueldo de un día común más el doble, según lo estipulado constitucionalmente

Los festejos por la Independencia de México el 15 y 16 de septiembre en el país son sinónimo de reunirse con la familia o seres queridos; sin embargo, no todos pueden descansar en dichas celebraciones y aquellos que deben trabajar el día feriado oficial en el país se preguntan cuánto deben pagarles sus respectivos empleadores.

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Pese a que los familias en el país festejan con grandes ollas de pozole y antojitos mexicanos desde la tarde y noche del 15 de septiembre para “dar el grito” con el acto oficial realizado por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador (AMLO), el 16 de septiembre es el día oficial de asueto, en el que estudiantes y empleados no deben trabajar, a menos que sean requeridos por sus jefes, con una paga adicional.

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De acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, aquellos trabajadores que son solicitados para laborar en un día festivo oficial, deben recibir su salario correspondiente más el doble, por prestar sus actividades.

“Las y los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derechos a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”, indica la legislación oficial en material laboral del país.

Pese a que está marcado en la ley este derecho al que deben acceder los empleados del país, no todos los empleadores lo respetan. Si esta situación ocurre, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) es la institución encargada de brindar atención a quienes deseen interponer una queja u obtener una asesoría.

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16 de septiembre, entre los días oficiales del año

-1 de enero.

-Primer lunes de febrero, por el 5 de febrero

-Tercer lunes de marzo, debido a la conmemoración del natalicio de Benito Juárez

-1 de mayo

-16 de septiembre


-Tercer lunes de noviembre con motivo del 20 de noviembre

-1 de diciembre de cada seis años

-25 de diciembre

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