BRUSELAS, 23 (EUROPA PRESS TELEVISIÓN)
En su sentencia, el Tribunal con sede en Luxemburgo reafirma que las ayudas no pueden considerarse incompatibles con el mercado interior simplemente porque sean selectivas o porque falseen o amenacen con falsear la competencia.
Los planes de ayudas estatales impugnadas por Ryanair recibieron inicialmente el visto bueno de la Comisión Europea, que durante la pandemia por coronavirus aprobó numerosos planes públicos diseñados en los Estados miembro para contener las pérdidas del sector aéreo por el parón impuesto con las restricciones sanitarias y de movilidad.
En concreto, en el caso de Francia examinado por la corte europea se trata de una moratoria en el pago de la tasa de aviación civil y de la tasa de solidaridad sobre los billetes de avión aprobada en marzo de 2020.
Se trató de una medida dirigida únicamente a aerolíneas con licencia francesa para que pudieran aplazar hasta el 1 de enero de 2021 y a partir de ahí fraccionar los pagos en 24 meses, hasta el 31 de diciembre de 2022.
En el caso de Suecia, por su parte, la ayuda validada por el TJUE frente a la queja de Ryanair se refiere a una garantía de préstamos de un máximo de 5.000 millones de coronas suecas para las compañías con licencia de explotación en Suecia.
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