Recientemente entró en vigor el requerimiento obligatorio de registrar a los animales de compañía ante las autoridades de la Ciudad de México, una medida con la que se dice se busca fortalecer la identificación y el control de las poblaciones animales en la capital del país. No obstante, con esta iniciativa también se esconde la posibilidad de enfrentar sanciones económicas para aquellos que no cumplan con este requisito.
De acuerdo con la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México, establece claramente la obligatoriedad del registro de mascotas. Según el artículo 65 de dicha ley, se prohíbe terminantemente negar el registro a cualquier animal de compañía, y se considera una falta cobrar por este trámite, ya que se ha mencionado que es completamente gratuito.
¿Existe una multa por no registrar a tu mascota?
El artículo 66 de la misma ley contempla una serie de sanciones que pueden variar desde multas económicas hasta arresto administrativo para aquellos propietarios que incumplan con esta disposición. De manera puntual, se estipula que la multa podría oscilar entre los 2 mil 279.97 y los 3 mil 365.67 pesos.
Cabe destacar que además de las multas económicas, los propietarios que no registren a sus mascotas podrían enfrentar la posibilidad de ser recluidos en los separos por un periodo de 24 a 36 horas, como lo establece el artículo en cuestión.
Según las autoridades capitalinas, esta medida no sólo busca regular la población animal en la ciudad, sino que también tiene como objetivo principal garantizar la protección y bienestar de los animales de compañía.
Aseguran que el registro de mascotas facilita la identificación en caso de extravío o robo, así como también permite un control más eficiente en situaciones de emergencia sanitaria o de seguridad pública.
El proceso para registrar a las mascotas es relativamente sencillo, ya que únicamente requiere que los dueños proporcionen sus datos personales como nombre completo y correo electrónico, junto con la información relevante de sus animales de compañía.