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Tribunal niega la amnistía a Mario Villanueva

Negó revocar la sentencia de la juzgadora al declarar infundados e inoperantes los argumentos de la defensa del exgobernador

El Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en materia Penal negó el beneficio de la amnistía a Mario Villanueva Madrid, quien busca la cancelación de la condena de 28 años de cárcel por los delitos de lavado de dinero, asociación delictuosa y daños contra la salud.

Por unanimidad, los magistrados confirmaron la resolución de Diana Monserrat Patrida Arámburo, titular del Juzgado Séptimo de Distrito Especializado en Ejecución de Penas en la Ciudad de México, quien calificó como “no viable la concesión del beneficio de amnistía” solicitado por el exgobernador de Quintana Roo.

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Este miércoles se publicó en la lista de acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) que el Segundo Tribunal Colegiado, en segunda instancia, negó revocar la sentencia de la juzgadora al declarar infundados e inoperantes los argumentos de la defensa de Villanueva Madrid.

En cuanto a la afirmación de que la determinación de la jueza de distrito es contraria a la Ley de Amnistía, los magistrados puntualizaron que el legislador está facultado para establecer los requisitos para conceder la amnistía y que, para ello, se apoya en la distinción de las modalidades del delito contra la salud.

Los magistrados argumentaron que la prohibición no atenta contra los derechos humanos del sentenciado ni existe disposición que deba ponderarse por ser más benéfica o menos restrictiva. La Ley de Amnistía, al restringir la concesión del beneficio solo para determinados delitos, es acorde a la facultad de libre configuración concedida al legislador originario.

Mario Villanueva impugnó la resolución dictada en primera instancia, pero los magistrados Manuel Bárcena Villanueva, Juan Pedro Contreras Navarro y Gabriela Viyera Pineda, declararon infundados e inoperantes sus alegatos.


No se violan sus derechos

El exgobernador, que tiene 74 años, señaló que padece diversas enfermedades, consideró como un acto de discriminación que no se le otorgue dicho beneficio.

Los magistrados enfatizaron que al negarse el beneficio de amnistía a todos los sentenciados por delitos distintos a los previstos en el artículo 194, fracción I y II, de Código Penal Federal, no se vulnera el principio de igualdad,

Villanueva Madrid fue capturado en 2001 y en 201o fue el primer exgobernador entregado en extradición a autoridades de Estados Unidos para que lo juzgaran por narcotráfico y asociación delictuosa, quien le impuso una sentencia de 131 meses de prisión, acreditándosele el tiempo que estuvo detenido en México antes de su extradición.

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