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SCJN declara inconstitucional el cobro de cuotas en posgrados de la UNAM

Los ministros señalaron que dicho cobro contradice los principios de progresividad y no discriminación establecidos en la Carta Magna

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el cobro de cuotas para estudios de posgrado en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), al resolver un amparo promovido contra una tarifa de inscripción de 5 mil pesos para una especialización.

En su fallo, los ministros señalaron que dicho cobro viola el derecho constitucional a la educación gratuita y contradice los principios de progresividad y no discriminación establecidos en la Carta Magna. “La educación superior es obligatoria y debe ser gratuita cuando es impartida por el Estado”, enfatiza la sentencia.

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¿Quién promovió el amparo?

El caso fue impulsado por un egresado de la carrera de Derecho, quien al inscribirse a una especialización en modalidad virtual cubrió inicialmente una “cuota voluntaria” de 30 pesos, pero posteriormente se le exigió un pago obligatorio de 5 mil pesos. Ante esta situación, el estudiante promovió un amparo, lo que llevó el asunto ante la SCJN.

Con una votación mayoritaria, la Sala resolvió que la cuota contravenía el principio de gratuidad en la educación pública. Este fallo sienta un precedente que refuerza el acceso universal y sin costo a estudios superiores impartidos por instituciones del Estado.

La decisión subraya el compromiso del máximo tribunal con la protección de los derechos educativos y podría generar implicaciones significativas para el modelo de financiamiento de posgrados en el país.


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