El 30 de julio de 2024, la organización Templo de Satán: Satanistas y Luciferinos de Chile presentó ante el Ministerio de Justicia la documentación necesaria para obtener el reconocimiento oficial como una entidad religiosa.
Durante el evento, la junta directiva declaró que se trataba de “un día histórico, ya que al solicitar nuestro registro, nos convertiríamos en el primer templo, al menos en América Latina, en estar oficialmente establecido”. Sin embargo, esto no se concretó, ya que el Gobierno decidió no aprobar su legalización por considerarlas opuestas al orden público y las leyes.
En su decisión, el Ministerio de Justicia menciona que "se objeta el registro de la entidad 'Iglesia Templo de Satán: Satanistas y Luciferinos de Chile' por cuanto su objeto y actividades a desarrollar contraría en orden público (…), en particular, debido a la falta de concordancia entre los fines, doctrina y acciones descritos en su estatuto, con el ordenamiento jurídico vigente".
Asimismo, “se señala que, además de declarar la legitimidad de la autotutela, no se excluye la posibilidad de un “sacrificio humano” -ya sea de manera simbólica o no- porque el objetivo es eliminar a quien, según el criterio de quienes sostienen estas creencias, merece ser eliminado”.
La resolución indica que "lo anterior, no puede ser aceptado como mecanismo de solución de ningún conflicto", ni el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos puede reconocer a ningún grupo que fomente ideas destinadas a perjudicar a otros, creando así posibles circunstancias para llevar a cabo acciones que podrían ser consideradas delitos según lo establecido en el Código Penal.
Una mujer desnuda como altar
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos explicó que, al examinar los antecedentes, se identificaron "tres tipos de rituales sexual", los cuales son de compasión, de destrucción o de maldición. Estos rituales no pueden ser legitimados ya que hacerlo podría "propiciar condiciones favorables a la comisión de delitos".
Un aspecto más que fue desestimado en la resolución concierne al empleo de “una mujer desnuda como altar de un ritual satánico, y considerando el compromiso irrestricto del Estado de Chile con los derechos humanos y particularmente con la erradicación de cualquier forma de violencia contra la mujer. Por ello, es esencial adoptar medidas preventivas para evitar fomentar situaciones y comportamientos que puedan poner en peligro a las mujeres durante la participación en estos rituales”.