El programa Hoy no Circula establece que los martes en la Ciudad de México y la Zona Metropolitana tienen prohibido circular los coches que tengan engomado rosa y que la terminación de sus placas sea con los números 7 y 8, la restricción aplica desde las 05:00 y hasta las 22:00 horas.
Los conductores que ignoren esas disposiciones enfrentarán una multa que de de 20, 25 y hasta 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), ya que así lo establece el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México.
Dichas cifras equivalen a dos mil 262, dos mil 828 y hasta tres mil 394 pesos, respectivamente; a esta sanción se le debe añadir el traslado del vehículo al corralón. Este monto es de 919 y mil 833 pesos, según la capacidad de arrastre de la unidad, si no supera las 3.5 toneladas se aplica la primera cifra.
En el Estado de México aplica en estos municipios:
- Atizapán
- Coacalco
- Cuautitlán
- Cuautitlán Izcalli
- Chalco
- Chimalhuacán
- Chicoloapan
- Ecatepec
- Huixquilucan
- Ixtapaluca
- La Paz
- Naucalpan
- Nezahualcóyotl
- Nicolás Romero
- Tecámac
- Tlalnepantla
- Tultitlán
- Valle de Chalco
En el caso de la Ciudad de México, sí aplica en todas las alcaldías:
- Álvaro Obregón
- Azcapotzalco
- Benito Juárez
- Coyoacán
- Cuajimalpa
- Cuauhtémoc
- Gustavo A. Madero
- Iztacalco
- Iztapalapa
- Magdalena Contreras
- Miguel Hidalgo
- Milpa Alta
- Tláhuac
- Tlalpan
- Venustiano Carranza
- Xochimilco
Hoy no Circula para otros vehículos
Los coches con holograma de circulación 2, así como los autos foráneos con placa extranjera, no pueden circular ningún sábado de 05:00 a 22:00 horas.
Los que tienen holograma 1 deben detener su marcha el segundo y cuarto sábado de cada mes, cuando la placa termine con los números 0, 2, 4, 6 y 8. Cuando la terminación sea en 1, 3, 5, 7 y 9, deben detener su marcha el primero y tercer sábado.
Estas limitaciones son de las 5 de la mañana hasta las 10 de la noche; el último número de la placa de los coches foráneos determina el día que no pueden circular entre semana.
Además de los vehículos que tienen hologramas de circulación 0 y 00, están libres de las restricciones los siguientes casos:
- Tractores agrícolas
- Maquinaria dedicada a las industrias de la construcción y minera
- Motocicletas
- Unidades con peso bruto vehicular menor o igual a 400 kilogramos
- Los eléctricos
- Los de emergencia
- Los que utilizan tecnologías sustentables
- Los de transporte escolar
- Los de servicios funerarios
- Los de servicio particular que transporten o que sean conducidos por personas con discapacidad
- Que cuenten con la autorización o placa de matrícula expedidos por la Secretaría de Movilidad
- Los demás que determinen las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables